ORDEN SCO/188/2004, de 28 de enero, por la que se establecen las bases y se convocan becas de formación y perfeccionamiento de la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios.

MarginalBOE-A-2004-2201
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Sanidad y Consumo
Rango de LeyOrden

ORDEN SCO/188/2004, de 28 de enero, por la que se establecen las bases y se convocan becas de formación y perfeccionamiento de la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios.

La Ley 14/1986, de 25 de abril, general de Sanidad, en su Título VI, contempla la docencia y la investigación, como actividades fundamentales para el desarrollo y progreso del sistema sanitario.

A tal efecto el Ministerio de Sanidad y Consumo, a través de varios de sus centros directivos, ha venido ofertando programas de formación y perfeccionamiento de personal con objeto de fomentar el desarrollo de la investigación en Ciencias de la Salud y garantizar en todo momento la adecuación del personal del sistema sanitario a las necesidades de la sociedad en esta materia.

La Ley 66/1997, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social crea la Agencia Española del Medicamento como organismo público, de carácter autónomo, adscrito al Ministerio de Sanidad y Consumo, la Ley 50/1998, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social, amplia las competencias de la Agencia en materia de medicamentos veterinarios.

El Real Decreto 520/1999, de 26 de marzo, aprueba el Estatuto de la Agencia y contempla entre sus funciones organizar, coordinar e impartir docencia en todos los campos que le son propios.

Con la publicación de la Ley 16/2003 de 28 de mayo, de cohesión y calidad del Sistema Nacional de Salud, concretamente en el capítulo II se reordenan las competencias en materia de farmacia, de tal forma que la AEM cambia su denominación por Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (en adelante AEMPS) aumentando sus competencias relativas a evaluación, registro, autorización, inspección vigilancia y control de productos sanitarios, cosméticos y de higiene personal y de sus empresas, así como las actividades de análisis económico necesarias para la evaluación de medicamentos y productos sanitarios de uso humano.

Asimismo de acuerdo a la citada Ley la Agencia se adscribe al Ministerio de Sanidad y Consumo a través de la Dirección General de Farmacia y Productos Sanitarios.

El objetivo esencial de la Agencia es contribuir a la protección y promoción de la salud mediante el establecimiento de procedimientos eficaces y transparentes para la evaluación, autorización y control de los medicamentos que garanticen su calidad, seguridad y eficacia. Además, en el campo de la investigación y el desarrollo, la Agencia potenciará aquellas actividades que contribuyan al avance de las ciencias biomédicas y farmacéuticas y al descubrimiento de nuevos medicamentos, especialmente en aquellas enfermedades o condiciones patológicas para las que no existen terapias curativas.

La Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios pretende impulsar la formación y posibilitar el perfeccionamiento de aquellos titulados superiores universitarios, doctores o técnicos especializados que deseen adquirir las capacidades y conocimientos científico-técnicos necesarios en el ámbito de la regulación del medicamento mediante la presente convocatoria de becas que supone la formación de becarios a través de su integración en las tareas y actividades de las distintas unidades de la Agencia.

Por todo ello, el Ministerio de Sanidad y Consumo, a través de la Dirección de la AEMPS en cumplimiento de las funciones encomendadas, ha resuelto hacer pública la siguiente convocatoria de becas para la formación y perfeccionamiento de profesionales en la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios.

La presente convocatoria se ajusta a lo dispuesto, en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, en el Real Decreto 520/1999, de 26 de marzo, por el que se aprueba el Estatuto de la Agencia Española del Medicamento, en el Real Decreto 2225/1993, de 17 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del procedimiento para la concesión de subvenciones públicas, y el texto refundido de la Ley General Presupuestaria, aprobada por Real Decreto Legislativo 1091/1988, de 23 de septiembre. Asimismo el régimen de control financiero, reintegro y revisión se someterá a las disposiciones de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, de Subvenciones a partir de su entrada en vigor.

En cuanto a la aplicación del artículo 5 del Real Decreto 1326/2003, de 24 de octubre, por el que se aprueba el Estatuto del becario de investigación le es de aplicación lo dispuesto en la disposición transitoria única del citado Real decreto.

De acuerdo con lo anterior, dispongo:

  1. Objetivo de la convocatoria:

    Con la finalidad de impulsar la formación y posibilitar el perfeccionamiento de aquellos profesionales que desean adquirir las capacidades y conocimientos científico-técnicos necesarios en el ámbito de la investigación, desarrollo, evaluación, autorización y control de los medicamentos se establece:

  2. Las bases reguladoras de la presente convocatoria.

  3. Concesión de 14 becas con los perfiles y en las divisiones y unidades de la AEMPS que se definen en el anexo I.

  4. Condiciones de las becas.

    2.1 Se...

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