CIRCULAR 2/2003, de 24 de junio, a entidades participantes en TARGET-SLBE, sobre Sistema de compensación en caso de mal funcionamiento del sistema TARGET y otras modificaciones a la normativa del Servicio de Liquidación del Banco de España.

Fecha de Entrada en Vigor 1 de Julio de 2003
MarginalBOE-A-2003-12869
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorBanco de España
Rango de LeyCircular

Entidades participantes en TARGET-SLBE

Sistema de compensación en caso de mal funcionamiento del sistema TARGET y otras modificaciones a la normativa del Servicio de Liquidación del Banco de España

El Consejo de Gobierno del Banco Central Europeo ha aprobado la Orientación BCE/2003/6, relativa a un nuevo sistema de compensación en el caso de mal funcionamiento del sistema TARGET, que sustituye al sistema de reembolso regulado en la Orientación BCE/2001/3.

Mediante la presente Circular se da cumplimiento a lo dispuesto en la mencionada Orientación BCE/2003/6, procediendo, en consecuencia, a la adaptación de la normativa reguladora del Servicio de Liquidación del Banco de España (en adelante, SLBE), por ser este uno de los componentes integrantes del sistema TARGET. Por consiguiente, la presente Circular deroga y sustituye lo establecido en la Circular del Banco de España 8/2000, de 22 de diciembre, sobre el sistema de reembolso, que dio cumplimiento a lo dispuesto en la Orientación BCE/2001/3.

La nueva Orientación sobre TARGET incorpora notables modificaciones respecto a la anterior, con el ánimo de establecer un mecanismo más acorde con las prácticas del mercado. Las novedades se manifiestan fundamentalmente en dos áreas. Por una parte, se sustituye el concepto de reembolso por el más amplio de compensación. Por otro lado, se amplían los supuestos en que se puede recurrir al sistema de compensación a todas aquellas situaciones de mal funcionamiento de TARGET, exceptuando causas de fuerza mayor fuera del control del Sistema Europeo de Bancos Centrales (SEBC) y causas atribuibles a un tercero, distinto del operador del componente de TARGET en que se haya producido el mal funcionamiento.

Por otro lado, mediante la norma segunda de la presente Circular, se abre la posibilidad de que los titulares de cuenta de tesorería puedan realizar ingresos y retiradas de efectivo con abono o cargo a la misma.

Norma primera. Sistema de compensación de TARGET.

  1. Principios generales.

    a) En caso de producirse un mal funcionamiento de TARGET, los participantes afectados podrán acogerse al sistema de compensación, de acuerdo con lo establecido en la presente Circular.

    Se entenderá que se produce un mal funcionamiento de TARGET cuando la existencia de problemas técnicos, defectos o fallos en la infraestructura técnica o en el sistema informático de cualquiera de los sistemas de pago nacionales integrados o conectados a TARGET, del mecanismo de pagos del Banco Central Europeo o de la red electrónica de interconexión entre ellos (Sistema Interlinking) o la existencia de cualquier otra circunstancia que afecte a cualquiera de los citados componentes de TARGET impida ejecutar y completar, en la fecha prevista, el procesamiento de órdenes de pago a través de dicho sistema.

    b) El sistema de compensación descrito en la presente Circular podrá ser aplicado a cualquier pago de TARGET, ya sea nacional o transfronterizo, y con independencia de cuál sea el componente de TARGET en que haya tenido lugar el mal funcionamiento.

    Podrá ser aplicado a los pagos...

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