RESOLUCION DE 30 DE MARZO DE 1993 por la que se modifican parcialmente las Normas que regulan los Concursos de Loteria primitiva.

MarginalBOE-A-1993-9145
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Economia
Rango de LeyResolución

EL Organismo Nacional de Loterías y Apuestas del Estado comenzó en agosto de 1990 la implantación de terminales conectados a un ordenador central mediante aplicación para la validación informática de los juegos activos que gestionan. En la actualidad un elevado porcentaje de establecimientos dispone de este nuevo sistema que permite aproximar el momento del cierre de los juegos al momento de la celebración de los sorteos o concursos, así como proceder al abono de los pagos correspondientes en plazos mucho más cortos.

Parece pues oportuno tratar de optimizar estos recursos técnicos disponibles y ofrecer a los concursantes la ventaja que representa el disminuir el tiempo que transcurre desde el momento de la validación hasta el cobro de los premios obtenidos. Teniendo en cuenta estas ventajas y a la vista del comportamiento que sigue la modalidad de abono o Bono-Loto en los dos últimos ejercicios, se propone una modificación en la estructura del juego para ajustarla a un perfil algo más diferenciado de la Lotería Primitiva. Para ello se establece la posibilidad del cobro de premios al día inmediato a cada concurso, se fija el premio de la categoría inferior, que supone un nuevo reparto del 55 por 100 destinado a premios, y se actualiza el precio de la apuesta aun cuando el importe mínimo para participar sigue siendo el mismo.

En consecuencia, esta Dirección General, en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 5., apartado 2, punto 8, del Real Decreto 904/1985, de 11 de junio y de acuerdo con el artículo 2. del Real Decreto 419/1991, de 27 de marzo, ha resuelto:

El Capítulo Tercero del Título VII y la Norma Final de las Normas que rigen los concursos de Lotería Primitiva y sus modalidades aprobadas por Resolución de 1 de agosto de 1991, queda redactado como sigue:

Bono-Loto

  1. : Semanalmente se celebrarán cuatro concursos los días: Lunes, martes, miércoles y viernes, de la modalidad de Lotería Primitiva denominada comercialmente Bono-Loto.

  2. : La participación en los concursos a que se refiere la norma anterior se realizará por medio de los sistemas de validación que establecen los Títulos II y III de estas normas teniendo en cuenta que:

    Sistema de validación mecánica: Se participa mediante la utilización del boleto semanal, en forma de abono para los cuatro concursos que se celebren en la semana inmediata siguiente a la fecha de su validación.

    Sistema de validación informática: Se puede participar de dos formas: Abono y Diario.

    ...

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