REAL DECRETO 911/2002, de 6 de septiembre, por el que se modifica parcialmente la estructura de la Unidad de Apoyo del Comité Organizador de la Presidencia Española de la Unión Europea.

Fecha de Entrada en Vigor 8 de Septiembre de 2002
MarginalBOE-A-2002-17520
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorJuntas Electorales Provinciales
Rango de LeyReal Decreto

El Reino de España ha ejercido la Presidencia de la Unión Europea durante el primer semestre del año 2002. Con la finalidad de coordinar los trabajos de planificación, organización y ejecución de las tareas precisas para el adecuado desarrollo de esa responsabilidad, se creó por el Real Decreto 1470/2000, de 4 de agosto, el Comité Organizador de la Presidencia Española de la Unión Europea, asistido por una Unidad de Apoyo, dependiente de la Secretaría General de la Presidencia del Gobierno, al frente de la cual se encuentra un Director con rango de Subsecretario.

Culminadas las principales tareas encomendadas al Comité Organizador y al objeto de mantener la debida continuidad de sus funciones, parece aconsejable modificar esta estructura a los únicos efectos de atribuir las funciones hasta ahora ejercidas por el Director de la Unidad de Apoyo al titular de un órgano de la Secretaría General de la Presidencia del Gobierno, de la que depende la Unidad de Apoyo del Comité Organizador, quedando en consecuencia suprimido el referido puesto de Director.

En su virtud, de conformidad con lo previsto en el artículo 2.2.j) de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, y a propuesta del Presidente del Gobierno,

DISPONGO:

Artículo 1 Supresión de puesto y atribución de funciones.

Queda suprimido el puesto de Director de la Unidad de Apoyo del Comité Organizador de la Presidencia Española de la Unión Europea a que se refiere el segundo párrafo del artículo 4 del Real Decreto 1470/2000, de 4 de agosto, por el que se crea el Comité Organizador de la Presidencia Española de la Unión Europea, cuyas funciones serán ejercidas por el Vicesecretario general de la Secretaría General de la Presidencia del Gobierno.

Artículo 2 Remisión normativa.

Las referencias contenidas en el Real Decreto 1470/2000, de 4 de agosto, respecto al Director de la Unidad de Apoyo, se entenderán efectuadas al Vicesecretario general de la Secretaría General de la Presidencia del Gobierno.

Disposición final única Entrada en vigor.

El presente Real Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el 'Boletín Oficial del Estado'.

Dado en Madrid a 6 de septiembre de 2002.

JUAN CARLOS R.

El Presidente del Gobierno,

JOSÉ MARÍA AZNAR LÓPEZ

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