Resolución CLT/3492/2005, de 9 de noviembre, del Departamento de Cultura, por la que se incoa expediente de declaración de bien cultural de interés nacional, en la categoría de zona paleontológica, a favor de varios yacimientos en los términos de Fígols y Vallcebre (Berguedà).

MarginalBOE-A-2006-3526
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorComunidad Autónoma de Cataluña
Rango de LeyResolución

Visto el informe de la Dirección General del Patrimonio Cultural, favorable a la incoación del expediente de declaración de bien cultural de interés nacional, en la categoría de zona paleontológica, a favor de varios yacimientos de dinosaurios en los términos de Fígols y Vallcebre (Berguedà);

Considerando lo que dispone la Ley 9/1993, de 30 de septiembre, del patrimonio cultural catalán, resuelvo:

  1. Incoar expediente de declaración de bien cultural de interés nacional, en la categoría de zona paleontológica, a favor de los siguientes yacimientos de dinosaurios: Fumanya sur, Mina Esquirol, Fumanya norte, Mina Tumí y Cingles del Boixader, en los términos de Fígols y Vallcebre (Berguedà). La delimitación de la zona paleontológica consta grafiada en los planos que figuran en el expediente.

  2. Notificar esta Resolución a los interesados, dar traslado de la misma a los ayuntamientos de Fígols y Vallcebre y hacerles saber que, de acuerdo con lo que establece el artículo 9.3 de la Ley 9/1993, de 30 de septiembre, del patrimonio cultural catalán, la presente incoación comporta la suspensión de licencias municipales de parcelación, edificación o derribo en la zona afectada, y también la suspensión de los efectos de las licencias concedidas. No obstante, el Departamento de Cultura puede autorizar la realización de las obras que sea manifiesto que no perjudican a los valores culturales del bien. Esta autorización debe ser previa a la concesión de la licencia municipal, salvo que se trate de licencias concedidas antes de la publicación de la presente resolución.

  3. Abrir un periodo de información pública de acuerdo con lo que prevén el artículo 8.2 de la Ley 9/1993, de 30 de septiembre, del patrimonio cultural...

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