Orden FOM/2131/2008, de 4 de julio, por la que se otorgan ayudas a transportistas autónomos por carretera que abandonen la actividad, reguladas por la Orden FOM/3539/2007, de 16 de noviembre.

MarginalBOE-A-2008-12372
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Fomento
Rango de LeyOrden

Con fecha 5 de diciembre de 2007, el Boletín Oficial del Estado publicó la Orden FOM/3539/2007, de 16 de noviembre, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de ayudas a transportistas autónomos que abandonen la actividad. Dicha Orden fue complementada mediante la Orden FOM/3689/2007, de 10 de diciembre (B.O.E. 18 de diciembre). Posteriormente, el 9 de enero de 2008 se publicó en el B.O.E. la Orden FOM/3983/2007, de 27 de diciembre, por la que se convoca para el año 2008 las citadas ayudas.

La mencionada Orden de 16 de noviembre establece en su articulado los requisitos que deben cumplir los solicitantes para ser beneficiarios de la subvención, y los criterios de valoración que deben presidir su aplicación, que son la mayor edad del solicitante, y en el caso de mercancías la preferencia de las autorizaciones de vehículo pesado.

La ponderación de dichos criterios de acuerdo con el artículo 7.2 de la Orden de 9 de diciembre, se lleva a cabo de la siguiente manera: se elabora una relación de posibles beneficiarios por orden descendente de edad; a los titulares de alguna autorización para vehículo pesado o autobús se les computará un año más de edad a estos efectos. Las ayudas se otorgarán a los que ocupen los primeros lugares en la relación de beneficiarios así elaborada, de acuerdo con la consignación presupuestaria disponible. Para este ejercicio 2008 la cuantía estimada es de 40.420.000 €, con cargo a la aplicación presupuestaria 17.39.453M.772 «Programa de medidas para la mejora del sector del transporte por carretera», de acuerdo con lo dispuesto en la Orden FOM/3983/2007, de 27 de diciembre.

Por ello, una vez efectuada la instrucción del procedimiento conforme a lo previsto en el artículo 6 de la Orden FOM/3539/2007, de 16 de noviembre, y teniendo en cuenta las previsiones de la Ley General Presupuestaria, el resto de la normativa reguladora de subvenciones administrativas y la disponibilidades presupuestarias existentes, he resuelto:

Primero.-Otorgar a los solicitantes que se relacionan en el anexo I, las cuantías que se detallan en el mismo como compensación por su abandono de la actividad de transportistas. La subvención se compone de una cuantía por los periodos semestrales que le falten al solicitante para cumplir 65 años, computados a partir del 1 de junio de 2008, y otra por la renuncia a la(s) autorización(es) de transporte.

Segundo.-Desestimar el resto de las solicitudes...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR