RESOLUCION DE 17 DE ABRIL DE 1996, de la Secretaria de Estado de Educacion, por la que se establecen orientaciones para la Distribucion de Objetivos, contenidos y Criterios de Evaluacion para las Enseñanzas iniciales de la Educacion basica para personas adultas.

MarginalBOE-A-1996-9556
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Educacion, Cultura y Deporte
Rango de LeyResolución

La Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo, en su artículo 52, prevé que las personas adultas que deseen adquirir conocimientos equivalentes a la educación básica, contarán con una oferta adaptada a sus condiciones, necesidades e intereses. El Real Decreto 1344/1991, de 6 de septiembre, por el que se establece el currículo de la educación primaria en su disposición adicional segunda contempla que de acuerdo con las exigencias en organización y metodología de la educación de adultos, tanto en la modalidad de educación presencial como en la de educación a distancia, el Ministerio de Educación y Ciencia podrá adaptar el currículo al que se refiere dicho Real Decreto conforme a las características, condiciones y necesidades de la población adulta. En cumplimiento de dicha disposición, el Departamento ha dictado la Orden de 16 de febrero de 1996, por la que se regulan las enseñanzas iniciales de la educación básica para personas adultas. En la mencionada Orden se dice que las enseñanzas iniciales de la educación básica para personas adultas se estructurarán en dos niveles educativos diferenciados, en función de las características y necesidades de las personas adultas.

El currículo que establece la Orden de 16 de febrero de 1996, ya mencionada, es específico para las personas adultas y no debe limitarse a promover la adquisición de conocimientos y conceptos, sino que ha de servir para que las personas adultas desarrollen todas sus capacidades, así como para promover su inserción y participación en una sociedad plural.

Los contenidos relativos a conceptos, procedimientos y actitudes del nivel I o de alfabetización, se organizarán de forma globalizada y los del nivel II o de consolidación de conocimientos y técnicas instrumentales, se organizarán en tres módulos globalizados en los cuales se integran las distintas áreas. En el apartado octavo de dicha Orden se dice que para la concreción del mismo serán dictadas unas orientaciones para la distribución de los objetivos, contenidos y criterios de evaluación.

Por ello, se formula con carácter orientador un posible modelo de distribución de objetivos, contenidos y criterios de evaluación para dichas enseñanzas. Por otra parte, esta distribución cumplirá un papel supletorio en aquellos casos en los que, por razones excepcionales, los centros docentes no hayan podido elaborar de una forma completa el proyecto curricular para dichas enseñanzas.

En virtud de lo anterior, esta Secretaría de Estado dispone:

Primero.-Los centros públicos de educación de personas adultas, así como las entidades, instituciones y centros que se autoricen para impartir las enseñanzas iniciales de la educación básica para personas adultas deberán elaborar el proyecto curricular correspondiente a dichas enseñanzas de acuerdo con el currículo oficial adoptado de acuerdo con la disposición adicional segunda del Real Decreto 1344/1991, de 6 de septiembre, por el que se establece el currículo de la educación primaria.

Dicha adaptación es la que se refiere en la presente Resolución, no obstante, deberá concretarlo y adaptarlo a las características del alumnado y de su contexto socioeconómico.

Segundo.-Las orientaciones metodológicas para desarrollar estas enseñanzas tendrán en cuenta las características, necesidades e intereses de la población adulta a la que van dirigidas, de forma que los conocimientos que vayan a adquirir guarden relación con su experiencia y puedan proyectarse de una manera práctica y útil en su entorno y le faciliten el acceso a otros procesos formativos.

Tercero.-Con el fin de facilitar la elaboración del proyecto curricular se propone, con carácter orientativo, la distribución correspondiente a objetivos, contenidos y criterios de evaluación que se recogen en los anexos de esta Resolución.

Cuarto.-La distribución de objetivos, contenidos y criterios de evaluación del nivel I, o de alfabetización se fundamentará en los objetivos que se propone para dicho nivel I en esta Resolución, debiendo responder la concreción de los mismos en el proyecto curricular que se elabore, a las características concretas del alumnado de este nivel en el centro.

Quinto.-La distribución por módulos globalizados de objetivos, contenidos y criterios de evaluación del nivel II, o de consolidación de conocimientos y técnicas instrumentales, que se detalla en el anexo suplirá, en su caso, la carencia, en todo o en parte, de elementos esenciales del proyecto curricular que deben elaborar los centros docentes.

Sexto.-Las Direcciones Provinciales prestarán al profesorado de los centros docentes el apoyo necesario de asesoramiento y formación para la elaboración de los proyectos curriculares, correspondiendo la supervisión de éstos al Servicio Provincial de Inspección Técnica de Educación.

Séptimo.-Se autoriza a las Direcciones Generales de Formación Profesional Reglada y Promoción Educativa, de Coordinación y de la Alta Inspección y de Renovación Pedagógica a desarrollar las disposiciones oportunas relativas al ámbito de la presente Resolución.

Madrid, 17 de abril de 1996.-El Secretario de Estado de Educación, Alvaro Marchesi Ullastres.

Ilmos. Sres. Directores generales de Formación Profesional Reglada y Promoción Educativa, de Coordinación y de la Alta Inspección y de Renovación Pedagógica.

ANEXO

ENSEÑANZAS INICIALES DE LA EDUCACION BASICA PARA PERSONAS ADULTAS

Nivel I o de alfabetización

Las enseñanzas correspondientes al nivel I o de alfabetización deben permitir a la población adulta, adquirir técnicas de lecto-escritura y cálculo que le faciliten la comprensión lingüística y matemática suficiente, para satisfacer las necesidades que se le planteen en su vida cotidiana, así como para comprender la realidad de su entorno.

Dichas enseñanzas estarán dirigidas a:

Promover la inserción social de las personas adultas pertenecientes a grupos marginales o con riesgo de exclusión social.

Facilitar el proceso de interpretación y transformación de la realidad más próxima.

Favorecer la comprensión y adaptación a los cambios que se producen en el mundo actual.

Elevar el nivel de autoestima que conduce a una mayor satisfacción personal y permite desenvolverse con mayor autonomía.

Permitir el acceso a nuevos aprendizajes que le faciliten la integración en el medio social, cultural y laboral.

De acuerdo con el apartado cuarto de esta Resolución, los contenidos conceptuales, procedimentales y actitudinales que se desarrollarán a lo largo del nivel I o de alfabetización no quedan explícitos, correspondiendo a cada centro concretarlos en el proyecto curricular y adaptarlos a la realidad concreta, teniendo como referente último al finalizar el nivel I o de alfabetización que las personas adultas habrán alcanzado los objetivos generales que se especifican para este nivel y que contribuirán a desarrollar las capacidades necesarias para acceder al nivel II de las enseñanzas iniciales.

Objetivos generales

Los objetivos generales, planteados en términos de capacidades, que se especifican a continuación para el nivel I o de alfabetización están referidos a aspectos básicos relacionados con la Lengua Castellana y Lengua Catalana en la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, Matemáticas y Ciencias Socionaturales. Dado el carácter globalizador y elemental de las enseñanzas de este nivel, los objetivos generales no se presentan distribuidos por áreas o módulos, ofreciéndose así la posibilidad de adaptarlos, en cada caso, a las características específicas de los grupos a los que se dirigen estas enseñanzas, y permitir abordarlos al mismo tiempo desde perspectivas diferentes.

Los objetivos generales para el nivel I o de alfabetización contribuirán a desarrollar las siguientes capacidades:

  1. Conocer las técnicas instrumentales básicas del lenguaje oral y escrito.

  2. Comprender y expresar mensajes orales y escritos, relacionados con el entorno más próximo, y aplicar la comprensión de los mismos a nuevas situaciones de aprendizaje.

  3. Identificar textos escritos con el mismo contenido y con diferente tipo de letra.

  4. Utilizar recursos expresivos elementales en la redacción de textos escritos relacionados con la propia experiencia y la realidad más conocida.

  5. Interpretar y cumplimentar documentos e impresos usuales.

  6. Leer y escribir las cantidades numéricas más usuales que determinen la comprensión de situaciones concretas de la realidad próxima.

  7. Iniciar la mecanización de operaciones matemáticas sencillas con números naturales, para aplicarlas a la resolución de situaciones que permitan atender las necesidades más básicas.

  8. Identificar las formas geométricas más elementales.

  9. Utilizar y apreciar el conocimiento matemático para interpretar, valorar y producir mensajes relacionados con la vida cotidiana.

  10. Participar en actividades grupales adoptando un comportamiento constructivo, responsable y solidario, valorando las aportaciones propias y ajenas en función de objetivos comunes y respetando los principios básicos del funcionamiento democrático.

  11. Conocer y ubicar las instituciones públicas y privadas que tienen una mayor incidencia en el desarrollo de las actividades relacionadas con su entorno.

  12. Conocer las costumbres, tradiciones y formas culturales, tanto propias como ajenas del medio social más próximo, mostrando actitud de respeto y tolerancia hacia la multiculturalidad.

  13. Diferenciar y ubicar geográficamente distintos espacios (barrio, distrito, localidad, Comunidad Autónoma, país...).

  14. Distinguir las Administraciones que componen la estructura organizativa del Estado español (Ayuntamiento, Diputación, Comunidad Autónoma,...).

  15. Aprender a utilizar sistemas de representación sencillos del medio socio-natural.

  16. Conocer las características generales de los distintos medios de comunicación de masas (prensa, radio y televisión).

  17. Valorar las ventajas e inconvenientes de los diferentes medios de transporte, desde el punto de vista de la utilización...

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