Orden ECI/2860/2007, de 17 de septiembre, por la que se convocan subvenciones a organizaciones sindicales representativas en el ámbito de la Administración del Estado del personal docente de los centros públicos no universitarios.

MarginalBOE-A-2007-17330
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Educacion y Ciencia
Rango de LeyOrden

El Título III de la Ley Orgánica 11/1985, de 2 de agosto, de Libertad Sindical, en su artículo 6.1, establece que la mayor representatividad sindical reconocida a determinados sindicatos, les otorga una singular posición jurídica tanto a efectos de participación institucional como de acción sindical, gozando en consecuencia de capacidad representativa para ejercitar determinadas funciones y facultades, a todos los niveles funcionales y territoriales, que se enumeran en el apartado tercero de dicho artículo.

Asimismo, en los artículos 7.1 y 7.2 de esa misma Ley Orgánica se reconoce a aquellos sindicatos que hayan obtenido un determinado nivel de audiencia electoral en un ámbito territorial y funcional específico el ejercicio de algunas de las funciones y facultades reconocidas a los sindicatos más representativos, entre las cuales cabe destacar la de participar en la negociación colectiva.

El Pacto de 8-07-1999 sobre Medidas de Apoyo Institucional a los Sindicatos del Sector de la Enseñanza no Universitaria, suscrito entre el entonces Ministerio de Educación y Cultura y las Organizaciones Sindicales representadas en la Mesa Sectorial de Negociación de dicho ámbito, incluyó entre las medidas de apoyo, la concesión de subvenciones a los Sindicatos firmantes de dicho Pacto.

En el vigente Presupuesto del Departamento para el año 2007 se dispone de crédito suficiente dentro de la aplicación presupuestaria 18.01. 324 N. 485, destinado a facilitar el ejercicio de las funciones y facultades a las que se refiere la Ley Orgánica 11/1985, de 2 de agosto.

En cumplimiento de lo previsto en la Ley 38/2003, de 17 de Noviembre, General de Subvenciones, la Orden ECI/1305/2005, de 20 de Abril (BOE n.º 13 de 20 de Mayo de 2005) ha establecido las bases reguladoras generales para la concesión de este tipo de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva.

Procede pues, de conformidad con lo previsto en las normas citadas, iniciar el procedimiento de concesión de estas subvenciones mediante la presente convocatoria. Previo informe de la Abogacía del Estado y de la Intervención Delegada del Departamento, dispongo:

Primero. Objeto de las subvenciones.-El objeto de estas subvenciones será apoyar la participación de las Organizaciones Sindicales representantes del personal docente de enseñanzas no universitarias del ámbito de la Administración General del Estado, en todos los grupos de trabajo, mesas técnicas y cualesquiera otros foros de negociación que se establezcan.

Segundo. Requisitos de los solicitantes.-Podrán solicitar la subvención por una sola vez para el año 2007, con cargo a la aplicación 18.01. 324N. 485 del presupuesto del Departamento, las organizaciones sindicales que de acuerdo con lo previsto en los art. 6.1, 7.1 y 7.2 de la Ley Orgánica 11/1985, de 2 de agosto, de Libertad Sindical, sean representativas del personal docente de los Centros públicos de Enseñanza no Universitaria.

Tercero. Presentación de solicitudes.-Las organizaciones sindicales que opten a esta subvención deberán presentar sus solicitudes conforme a lo dispuesto en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del...

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