Orden TMA/444/2020, de 25 de mayo, por la que se amplía la relación de puntos de entrada designados con capacidad de atención a emergencias de salud pública de importancia internacional.
Fecha de Entrada en Vigor | 26 de Mayo de 2020 |
Marginal | BOE-A-2020-5285 |
Sección | I - Disposiciones Generales |
Emisor | Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana |
Rango de Ley | Orden |
La Orden SND/441/2020, de 23 de mayo, por la que se prorroga la Orden TMA/410/2020, de 14 de mayo, por la que se limita la entrada en España a las aeronaves y buques de pasaje a través de los puntos de entrada designados con capacidad de atención a emergencias de salud pública de importancia internacional, con el fin de proteger la salud pública contra los riesgos derivados de la propagación del COVID-19, controlarla y dar una respuesta proporcionada y restringida a los riesgos para la salud pública, limita el acceso a los buques de pasaje de transbordo rodado y buques de pasaje que presten servicio de línea regular con origen en cualquier puerto situado fuera de territorio español, a los puertos contemplados en el Acuerdo del Consejo de Ministros de 7 de marzo de 2014, por el que se establecen los puertos y aeropuertos españoles designados como «puntos de entrada con capacidad de atención de emergencias de salud pública de importancia internacional», según lo establecido en el Reglamento Sanitario Internacional (RSI-2005).
La disposición final primera de la Orden SND/441/2020, de 23 de mayo, por la que se modifica a su vez la Orden TMA/410/2020, de 14 de mayo, establece que, cuando de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4 del Real Decreto 514/2020, de 8 de mayo, por el que se prorroga el estado de alarma declarado por el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, se acuerde conjuntamente con una comunidad autónoma la modificación, ampliación o restricción de alguna de las medidas previstas en la presente orden, con el fin de adaptarlas mejor a la evolución de la emergencia sanitaria en cada comunidad autónoma, por resolución del Ministro de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, se modificará o actualizará el listado de los puntos de entrada recogidos en el artículo 3, de acuerdo con la propuesta de Ministerio de Sanidad.
En base a la citada disposición, las Comunidades autónomas de Cantabria y la Comunidad Valenciana, han solicitado al Ministro de Sanidad ampliar la relación de puertos designados con capacidad para atender la emergencia sanitaria provocada por la expansión de la enfermedad COVID-19, teniendo en cuenta sus necesidades específicas, las capacidades estratégicas del sistema sanitario en sus correspondientes ámbitos geográficos, así como la evolución de la emergencia sanitaria en la respectiva Comunidad Autónoma y su capacidad de reacción ante eventuales riesgos asociados a la...
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