Orden TFP/648/2018, de 14 de junio, por la que se mantiene la vigencia de las delegaciones de competencias de los órganos superiores y directivos de los extintos Ministerios de Hacienda y Función Pública, y de la Presidencia y para las Administraciones Territoriales, en el ámbito de competencias de este Ministerio.

Fecha de Entrada en Vigor15 de Junio de 2018
MarginalBOE-A-2018-8073
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Política Territorial y Función Pública
Rango de LeyOrden

El Real Decreto 355/2018, de 6 de junio, por el que se reestructuran los departamentos ministeriales crea el Ministerio de Política Territorial y Función Pública, del que dependen la Secretaría de Estado de Política Territorial y la Secretaría de Estado de Función Pública, al tiempo que el Real Decreto 359/2018, de 8 de junio, por el que se crean Subsecretarías en los departamentos ministeriales, crea la Subsecretaría de Política Territorial y Función Pública.

Los reales decretos citados suprimen los Ministerios de Hacienda y Función Pública, y de la Presidencia y para las Administraciones Territoriales, así como la Secretaría de Estado para las Administraciones Territoriales y las Subsecretarías de Hacienda y Función Pública, y de la Presidencia y para las Administraciones Territoriales.

La disposición transitoria única, del Real Decreto 355/2018, de 6 de junio, determina que subsistirán, hasta la aplicación de los reales decretos de estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales, los órganos directivos, unidades y puestos de trabajo de los departamentos ministeriales objeto de supresión o de reestructuración.

La disposición transitoria primera del Real Decreto 359/2018, de 8 de junio, dispone que los órganos directivos y unidades dependientes de las Subsecretarías que se suprimen por el real decreto se entenderán subsistentes y mantendrán su denominación, estructura y funciones en tanto no se realicen las oportunas modificaciones organizativas, y la disposición transitoria segunda mantiene las funciones de dirección de los servicios adscritos de los titulares de los órganos superiores y directivos suprimidos, en tanto no se acuerde su cese.

Dado que las disposiciones anteriores de los reales decretos 355/2018, de 6 de junio y 359/2018, de 8 de junio, establecen la vigencia de las funciones originarias que corresponden a cada órgano o unidad, a fin de no interrumpir el normal funcionamiento de los servicios públicos, por razones de eficacia y de seguridad jurídica, se considera oportuno mantener transitoriamente la subsistencia de las delegaciones de competencias de los suprimidos Ministerios de Hacienda y Función Pública y de Presidencia y para las Administraciones Territoriales, en cuanto afectan a los órganos superiores de este Departamento, y los directivos de ellos dependientes, en tanto no se...

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