Orden TES/1303/2020, de 31 de diciembre, por la que se crea y regula la Comisión Asesora de Estudios y se establece la regulación del Programa de Estudios del Departamento.

MarginalBOE-A-2021-130
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Trabajo y Economía Social
Rango de LeyOrden

El Ministerio de Trabajo y Economía Social, en el ámbito de las funciones que tiene atribuidas, desarrolla, a través de sus distintos órganos, una amplia actividad de estudio e investigación, con el fin de lograr un mayor conocimiento de la situación en las áreas de su competencia y como apoyo a la toma de decisiones y a la planificación, control y evaluación de sus políticas y actuaciones. Esta labor de estudio se realiza no solo a nivel interno y con medios propios, sino también mediante la contratación de expertos y empresas especializadas, así como a través de la colaboración con instituciones públicas y privadas que comparten intereses de estudio y de actuación.

Las diferentes áreas del Departamento tienen atribuidas competencias en materia de estudios en sus propios ámbitos, y esta función, o bien figura, entre otras asignadas a los distintos órganos directivos, en el Real Decreto 499/2020, de 28 de abril, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Trabajo y Economía Social, y se modifica el Real Decreto 1052/2015, de 20 de noviembre, por el que se establece la estructura de las Consejerías de Empleo y Seguridad Social en el exterior y se regula su organización, funciones y provisión de puestos de trabajo, o bien se concreta en un órgano entre cuyas funciones está específicamente el desarrollo de esta actividad, como es, entre otras, la Subdirección General de Estadística y Análisis Sociolaboral dependiente de la Secretaría de Estado de Empleo y Economía Social.

Para el asesoramiento y coordinación en materia de estudios e investigación, por Orden TIN/3866/2008, de 11 de diciembre, se creó y reguló la Comisión Asesora de Estudios del anterior Ministerio de Trabajo e Inmigración. Dicha disposición fue derogada y sustituida por la Orden ESS/1719/2012, de 30 de julio, por la que se crea y regula la Comisión Asesora de Estudios del Ministerio de Empleo y Seguridad Social y se establece la regulación del Programa de Estudios del Departamento. La experiencia en su aplicación ha demostrado que la regulación ha contribuido a una mejora de la coordinación, facilitando la optimización de los medios técnicos y financieros disponibles y, en definitiva, permitiendo aprovechar de manera más eficaz la actividad de estudio para el desarrollo de las políticas del Departamento.

Como consecuencia de la reestructuración de los departamentos ministeriales, aprobada por el Real Decreto 2/2020, de 12 de enero, y desarrollada por el Real Decreto 139/2020, de 28 de enero, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales, se creó el Ministerio de Trabajo y Economía Social, cuya estructura orgánica básica ha sido desarrollada por el citado Real Decreto 499/2020, de 28 de abril, y que mantiene parte de las competencias del anterior Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social, teniendo atribuida la propuesta y ejecución de la política del gobierno en materia de empleo, de relaciones laborales, economía social y de responsabilidad social de las empresas. Todo ello hace necesario adecuar la regulación de la Comisión Asesora de Estudios al nuevo contexto administrativo.

Asimismo, por esta orden se regula la elaboración, tramitación y seguimiento del Programa de Estudios del Departamento, introduciendo sobre la regulación contenida en la citada Orden ESS/1719/2012, algunas precisiones y novedades, en particular en lo relativo a la difusión de los estudios, que tienen como objetivo la incorporación de mejoras técnicas en sus procedimientos de gestión.

Esta orden sigue los criterios de buena regulación contenidos en el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y, en consecuencia, es acorde con los principios de necesidad, eficacia, proporcionalidad, seguridad jurídica, transparencia y eficiencia. En particular, contiene la regulación imprescindible para atender la necesidad de coordinación de la actividad de estudio e investigación del Ministerio de Trabajo y Economía Social, la verificación del cumplimiento de sus objetivos y el impulso de su difusión; y ello se aborda a través de la norma con el rango adecuado. Además, la orden resulta coherente con el resto del ordenamiento jurídico y, en tanto que se trata de una norma de carácter organizativo, no quedan afectados los derechos de los ciudadanos, no genera cargas administrativas ni produce incremento del gasto público.

En su virtud, con la aprobación previa de la Ministra de Política Territorial y Función Pública, dispongo:

Artículo 1 Objeto.
  1. Por esta orden se crea y regula la Comisión Asesora de Estudios del Ministerio de Trabajo y Economía Social, al amparo de lo previsto en el artículo 22.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

  2. Asimismo, regula la elaboración, tramitación y seguimiento del Programa de Estudios del Departamento.

Artículo 2 Comisión Asesora de Estudios.
  1. La Comisión Asesora de Estudios se configura como órgano colegiado, adscrito a la Subsecretaría de Trabajo y Economía Social, a través de la Secretaría General Técnica, en el que están representadas todas las áreas del Ministerio, con la finalidad de asesorar y coordinar la actividad de estudio e investigación, verificar el cumplimiento de los objetivos de esta, e impulsar su difusión.

  2. Corresponderá a la Comisión Asesora de Estudios:

  1. La fijación de prioridades y objetivos de estudio, en base a las líneas directrices de las políticas del Departamento.

  2. El asesoramiento y coordinación en la elaboración del Proyecto de Programa de Estudios anual.

  3. El informe del Proyecto de Programa de Estudios, previo a su elevación al titular del Departamento para su aprobación.

  4. El seguimiento de la ejecución del Programa de Estudios aprobado y del cumplimiento de los objetivos previstos.

  5. El impulso de la...

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