Orden TEC/212/2019, de 25 de febrero, por la que se inicia el procedimiento para efectuar propuestas de desarrollo de la red de transporte de energía eléctrica con Horizonte 2026.

MarginalBOE-A-2019-2965
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio para la Transición Ecológica
Rango de LeyOrden

La Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, establece en su artículo 4 que la planificación eléctrica, con carácter indicativo salvo en lo que se refiere a instalaciones de transporte, será realizada por el Estado, con la participación de las Comunidades Autónomas.

Por su parte, el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, regula el procedimiento de planificación de la red de transporte de electricidad. El proceso de planificación constará de varias etapas, siendo la primera, la elaboración de las propuestas de desarrollo de la red de transporte de energía eléctrica. El artículo 11.3 del citado Real Decreto determina que dicho proceso será iniciado por el Ministerio de Economía (actualmente Ministerio para la Transición Ecológica) a solicitud del operador del sistema y gestor de la red de transporte de energía eléctrica, mediante un anuncio en el «Boletín Oficial del Estado» por el cual abrirá un plazo de tres meses no prorrogable para efectuar las propuestas de desarrollo de la red de transporte de energía eléctrica, no teniéndose en cuenta propuestas recibidas extemporáneamente.

La propuesta de desarrollo de la red de transporte debe cumplir con los principios contenidos en la mencionada Ley 24/2013, de 26 de diciembre, entre los que se encuentra el principio de sostenibilidad económica y financiera del sistema eléctrico previsto en el artículo 13 de la citada Ley, respetando en todo caso los límites de inversión anual establecidos por el Real Decreto 1047/2013, de 27 de diciembre, por el que se establece la metodología para el cálculo de la retribución de la actividad de transporte de energía eléctrica, así como los principios generales establecidos en el artículo 9 del Real Decreto 1955/2000.

Por otra parte, la planificación debe de cumplir con los principios y procedimientos ambientales establecidos en la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, que transpuso la Directiva 2001/42/CE, de 27 de junio, sobre evaluación de las repercusiones de determinados planes y programas en el medio ambiente y la Directiva 2011/92/UE, de 13 de diciembre, de evaluación de las repercusiones de determinados proyectos públicos y privados sobre el medio ambiente, que obliga a la realización de un proceso de evaluación ambiental de los planes y programas que elaboren y aprueben las distintas Administraciones públicas, lo cual será tenido en cuenta en el proceso de planificación que con esta Orden comienza.

En la actualidad está en vigor el documento de Planificación Energética. Plan de Desarrollo de la Red de Transporte de Energía Eléctrica 2015-2020, sometido al Congreso de los Diputados el 29 de septiembre de 2015, y aprobado el 16 de octubre de 2015 mediante Acuerdo del Consejo de Ministros («BOE» núm. 254, de 23 de octubre de 2015), la cual ya fue aprobada bajo el marco normativo anterior.

Se ha recibido en la Secretaría de Estado de Energía solicitud de «Red Eléctrica de España, S.A.U.» (REE), como operador del sistema y gestor de la red de transporte de energía eléctrica, con el objetivo de iniciar el procedimiento para efectuar las propuestas de desarrollo correspondientes a la Planificación de la Red de Transporte.

La nueva planificación deberá tener en cuenta que en las próximas décadas el entorno en el que se operará la red eléctrica sufrirá cambios sustanciales, consecuencia de una serie de factores.

En primer lugar, se debe avanzar en la transición del sistema energético español de cara a cumplir los objetivos en materia de eficiencia energética, energías renovables y cambio climático, así como poner al sistema español en la senda definida por la Comisión Europea para 2050 y cuyo paso intermedio es el cumplimiento del marco fijado en la Unión Europea para 2030 en materia de energía y cambio climático.

Los compromisos en materia de energía y clima se van a concretar a nivel nacional en el Plan Nacional Integrado de Energía Clima (PNIEC) 2021-2030 que, en el caso español, se encuentra en fase final de elaboración para su remisión a la Comisión Europea como borrador y posterior tramitación y aprobación antes del 1 de enero de 2020.

El borrador de PNIEC establece unos objetivos y compromisos ambiciosos para 2030 en cuanto a reducción de emisiones, participación de renovables en el consumo final y eficiencia energética. También refleja que, desde una perspectiva de eficiencia económica, el cumplimiento de dichos objetivos requiere un esfuerzo especial en la electrificación de los usos finales energéticos, en primer lugar, y la integración masiva de tecnologías renovables en la generación de electricidad, en segundo lugar.

El proceso de transición energética requiere la configuración de un marco regulatorio estable y atractivo que atraiga cuantiosas inversiones en activos de generación, pero también una adecuada planificación de la red de transporte que permita la integración masiva de nueva generación renovable al ritmo necesario para alcanzar los objetivos en el medio y largo plazo, garantizando la operación segura del sistema eléctrico al mínimo coste para los consumidores.

En este sentido, el adecuado diseño y planificación de la red jugará un papel esencial en la integración de una mayor cantidad de generación eléctrica de carácter intermitente, permitiendo una conexión de más generación, dado que el recurso renovable está concentrado geográficamente y su localización no coincide necesariamente con la de los centros de consumo.

Además, la trasformación del modelo energéticos va a llevar aparejado un cambio en el mix de generación como consecuencia de la sustitución de tecnologías de generación emisoras y contaminantes y la incorporación de nuevas tecnologías limpias y renovables, lo que a su vez conllevará un cambio en los flujos de energía a través de la red de transporte y en la gestión de dichos flujos.

Por otra parte, con el fin minimizar el impacto ambiental, de optimizar las inversiones ya...

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