Orden AEC/3239/2008, de 30 de octubre, por la que se resuelve el concurso de méritos, convocado por Orden AEC/1688/2008, de 21 de mayo.

MarginalBOE-A-2008-18285
SecciónII - Autoridades y Personal
EmisorMinisterio de Asuntos Exteriores y de Cooperacion
Rango de LeyOrden

Por Orden AEC/1688/2008, de 21 de mayo («Boletín Oficial del Estado» de 16 de junio de 2008), se convocó concurso de méritos para la provisión de puestos de trabajo vacantes en el Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación, correspondientes a los Grupos A1, A2, C1 y C2.

Cumplidas las normas reglamentarias y las bases de la convocatoria, y una vez finalizado el plazo de presentación de instancias, a la vista de las solicitudes presentadas, la valoración de los méritos alegados y la propuesta formulada por la correspondiente Comisión de Valoración, sobre los puestos de trabajo a adjudicar,

Este Ministerio acuerda resolver el siguiente concurso, de conformidad con los siguientes puntos:

Primero.-Adjudicar, con carácter definitivo, los destinos que se relacionan en el anexo adjunto a los funcionarios que se mencionan en el mismo.

Segundo.-Declarar desiertos los puestos números 2, 50, 56, 63, 65, 66, 67 y 69 que se especifican en el citado anexo.

Tercero.-Los destinos adjudicados tendrán la consideración de voluntarios, y, en consecuencia, no generan derecho a indemnización por concepto alguno, sin perjuicio de las excepciones previstas en el régimen de indemnizaciones por razón de servicio. Asimismo, serán irrenunciables, salvo que antes de finalizar el plazo de toma de posesión, los interesados obtengan otro destino, bien por el procedimiento de libre designación o por concurso convocado por otros Departamentos o Comunidades Autónomas, en cuyo caso, de optar por uno de estos destinos, vendrán obligados a comunicar por escrito en los tres días siguientes la renuncia al puesto adjudicado, y la opción ejercitada con indicación del Departamento en que hubiere obtenido destino, así como forma de provisión y fecha de nombramiento.

Cuarto.-El plazo de toma de posesión en el nuevo destino obtenido será de tres días hábiles si no implica cambio de residencia o de un mes si comporta dicho cambio.

El plazo de toma de posesión comenzará a contar a partir del día siguiente al del cese, que deberá efectuarse dentro de los tres días hábiles siguientes a la publicación de la resolución del concurso en el «Boletín Oficial del Estado».

Cuando los funcionarios afectados por la presente Resolución se encuentren disfrutando licencias o permisos les será de aplicación lo especificado en el Artículo 48 del vigente Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción...

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