Orden ECC/1411/2012, de 21 de junio, por la que se publica la relación de aspirantes aprobados en la fase de oposición del proceso selectivo para ingreso en el Cuerpo Superior de Técnicos Comerciales y Economistas del Estado, convocado por Orden EHA/1734/2011, de 14 de junio.

MarginalBOE-A-2012-8695
Rango de LeyOrden

Vista la propuesta formulada por el Tribunal calificador de las pruebas selectivas para ingreso en el Cuerpo Superior de Técnicos Comerciales y Economistas del Estado convocadas por Orden EHA/1734/2011 de 14 de junio de 2011 («Boletín Oficial del Estado» del 23 de junio), y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 22 del Real Decreto 364/1995, de 10 marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado.

Este Ministerio acuerda hacer pública la relación de aspirantes aprobados en la fase de oposición por el sistema general de acceso libre por orden de puntuación obtenida que figura en el anexo I de la presente Orden.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 23 del citado Reglamento, los aspirantes aprobados disponen de un plazo de veinte días naturales desde el día siguiente al de la publicación de esta Orden en el «Boletín Oficial del Estado», para presentar en la Subdirección General de Recursos Humanos (paseo de la Castellana, 162, planta 16, de Madrid) o en el Registro General del Ministerio de Economía y Competitividad o bien en la forma establecida en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, los siguientes documentos:

  1. Fotocopia compulsada del documento de identidad o pasaporte.

  2. Fotocopia compulsada del Titulo de Doctor, Licenciado, Ingeniero, Arquitecto o Grado.

    En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, deberá presentarse fotocopia compulsada de la documentación que acredite su homologación.

  3. Declaración jurada o promesa de no haber sido separado mediante expediente disciplinario de ninguna Administración Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas, según el modelo que figura como Anexo II.

  4. Certificado médico oficial que acredite no padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica incompatible con el desempeño de las correspondientes funciones.

    Quienes tuvieran la condición de funcionarios de carrera estarán exentos de justificar documentalmente las condiciones y demás requisitos ya probados documentalmente para obtener su anterior nombramiento, debiendo presentar certificación del Registro Central de Personal o del...

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