Orden PRE/2049/2015, de 1 de octubre, por la que se actualizan once cualificaciones profesionales de la familia profesional Madera, Mueble y Corcho, recogidas en el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales, establecidas por Real Decreto 295/2004, de 20 de febrero, Real Decreto 1228/2006, de 27 de octubre y Real Decreto 1136/2007, de 31 de agosto.

Fecha de Entrada en Vigor 8 de Octubre de 2015
MarginalBOE-A-2015-10770
SecciónI - Disposiciones Generales
Rango de LeyOrden

La Ley Orgánica 5/2002, de 19 de junio, de las Cualificaciones y de la Formación Profesional, tiene por objeto la ordenación de un sistema integral de formación profesional, cualificaciones y acreditación, que responda con eficacia y transparencia a las demandas sociales y económicas a través de las diversas modalidades formativas. Para ello, crea el Sistema Nacional de Cualificaciones y Formación Profesional, definiéndolo en el artículo 2.1 como el conjunto de instrumentos y acciones necesarios para promover y desarrollar la integración de las ofertas de la formación profesional, a través del Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales, así como la evaluación y acreditación de las correspondientes competencias profesionales, de forma que se favorezca el desarrollo profesional y social de las personas y se cubran las necesidades del sistema productivo.

El Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales, según indica el artículo 7.1, se crea con la finalidad de facilitar el carácter integrado y la adecuación entre la formación profesional y el mercado laboral, así como la formación a lo largo de la vida, la movilidad de los trabajadores y la unidad del mercado laboral. Dicho catálogo está constituido por las cualificaciones identificadas en el sistema productivo y por la formación asociada a las mismas, que se organiza en módulos formativos.

El artículo 5.3 de la Ley Orgánica 5/2002, de 19 de junio, atribuye al Instituto Nacional de Cualificaciones, la responsabilidad de definir, elaborar y mantener actualizado el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales, en su calidad de órgano técnico de apoyo al Consejo General de la Formación Profesional, cuyo desarrollo reglamentario se recoge en el artículo 9.2 del Real Decreto 1128/2003, de 5 de septiembre, por el que se regula el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales, estableciéndose en su artículo 9.4, la obligación de mantenerlo permanentemente actualizado mediante su revisión periódica que, en todo caso, deberá efectuarse en un plazo no superior a cinco años a partir de la fecha de inclusión de la cualificación en el catálogo.

Por tanto, la presente orden se dicta en aplicación del Real Decreto 817/2014, de 26 de septiembre, por el que se establecen los aspectos puntuales de las cualificaciones profesionales para cuya modificación, procedimiento de aprobación y efectos es de aplicación el artículo 7.3 de la ley orgánica 5/2002, de 19 de junio, de las cualificaciones y de la formación profesional, que en su tramitación obtuvo Dictamen del Consejo de Estado número 618/2014, de 23 de julio de 2014.

Así, en la presente orden se actualizan, por sustitución completa de sus Anexos, once cualificaciones profesionales de la Familia Profesional Madera, Mueble y Corcho que cuentan con una antigüedad en el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales superior a cinco años, a las que les es de aplicación el Real Decreto 817/2014, de 26 de septiembre.

En el proceso de elaboración de esta orden han sido consultadas las Comunidades Autónomas y han emitido informe el Consejo General de la Formación Profesional y el Consejo Escolar del Estado.

En su virtud, a propuesta conjunta del Ministro de Educación, Cultura y Deporte y de la Ministra de Empleo y Seguridad Social, dispongo:

Artículo 1 Objeto y ámbito de aplicación.

Esta orden ministerial tiene por objeto actualizar once cualificaciones profesionales correspondientes a la Familia Profesional Madera, Mueble y Corcho, procediéndose a la sustitución de los anexos correspondientes, en aplicación del Real Decreto 817/2014, de 26 de septiembre, por el que se establecen los aspectos puntuales de las cualificaciones profesionales para cuya modificación, procedimiento de aprobación y efectos es de aplicación el artículo 7.3 de la ley orgánica 5/2002, de 19 de junio, de las cualificaciones y de la formación profesional.

Las cualificaciones profesionales actualizadas tienen validez y son de aplicación en todo el territorio nacional y no constituyen una regulación del ejercicio profesional.

Artículo 2

Actualización de determinadas cualificaciones profesionales de la Familia Profesional Madera, Mueble y Corcho, establecidas por Real Decreto 295/2004, de 20 de febrero, por el que se establecen determinadas cualificaciones profesionales que se incluyen en el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales, así como sus correspondientes módulos formativos que se incorporan al Catálogo Modular de Formación Profesional.

Conforme a lo establecido en la disposición adicional única del Real Decreto 295/2004, de 20 de febrero, se procede a la actualización de las cualificaciones profesionales, cuyas especificaciones están contenidas en los anexos LVII, LIX, LX, LXI, LXII y LXIII del citado real decreto:

Uno. Se da una nueva redacción al anexo LVII, Cualificación Profesional «Fabricación de tapones de corcho». Nivel 1. MAM057_1, que figura como anexo I de la presente orden.

Dos. Se da una nueva redacción al anexo LIX, Cualificación Profesional «Instalación de muebles». Nivel 2. MAM059_2, que figura como anexo II de la presente orden.

Tres. Se da una nueva redacción al anexo LX, Cualificación Profesional «Acabado de carpintería y mueble». Nivel 2. MAM060_2, que figura como anexo III de la presente orden.

Cuatro. Se da una nueva redacción al anexo LXI, Cualificación Profesional «Aserrado de madera». Nivel 2. MAM061_2, que figura como anexo IV de la presente orden.

Cinco. Se da una nueva redacción al anexo LXII, Cualificación Profesional «Montaje de muebles y elementos de carpintería». Nivel 2. MAM062_2, que figura como anexo V de la presente orden.

Seis. Se da una nueva redacción al Anexo LXIII, Cualificación Profesional «Proyectos de carpintería y mueble». Nivel 3. MAM063_3, que figura como anexo VI de la presente orden.

Artículo 3

Actualización de determinadas cualificaciones profesionales de la Familia Profesional Madera, Mueble y Corcho, establecidas por Real Decreto 1228/2006, de 27 de octubre, por el que se complementa el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales, mediante el establecimiento de determinadas cualificaciones profesionales, así como sus correspondientes módulos formativos que se incorporan al Catálogo Modular de Formación Profesional.

Conforme a lo establecido en la disposición adicional única del Real Decreto 1228/2006, de 27 de octubre, se procede a la actualización de las cualificaciones profesionales, cuyas especificaciones están contenidas en los anexos CCXII, CCXIII, y CCXIV del citado real decreto:

Uno. Se da una nueva redacción al anexo CCXII, Cualificación Profesional «Fabricación de objetos de corcho». Nivel 1. MAM212_1, que figura como anexo VII de la presente orden.

Dos. Se da una nueva redacción al anexo CCXIII, Cualificación Profesional «Obtención de chapas, tableros contrachapados y rechapados». Nivel 2. MAM213_2, que figura como anexo VIII de la presente orden.

Tres. Se da una nueva redacción al anexo CCXIV, Cualificación Profesional «Fabricación de tableros de partículas y fibras de madera». Nivel 2. MAM214_2, que figura como anexo IX de la presente orden.

Artículo 4 Actualización de determinadas cualificaciones profesionales establecidas por Real Decreto 1136/2007, de 31 de agosto, por el que se complementa el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales, mediante el establecimiento de tres cualificaciones profesionales de la Familia Profesional Madera, Mueble y Corcho.

Conforme a lo establecido en la disposición adicional única del Real Decreto 1136/2007, de 31 de agosto, se procede a la actualización de las cualificaciones profesionales, cuyas especificaciones están contenidas en los anexos CCLXXV y CCLXXVI del citado real decreto:

Uno. Se da una nueva redacción al anexo CCLXXV, Cualificación Profesional «Aplicación de barnices y lacas en elementos de carpintería y mueble». Nivel 1. MAM275_1, que figura como anexo X de la presente orden.

Dos. Se da una nueva redacción al Anexo CCLXXVI, Cualificación Profesional «Trabajos de carpintería y mueble». Nivel 1. MAM276_1, que figura como anexo XI de la presente orden.

Disposiciones Finales
Disposición final primera Título competencial.

Esta orden se dicta en virtud de las competencias que atribuye al Estado el artículo 149.1.1ª y 30ª de la Constitución, sobre regulación de las condiciones básicas que garanticen la igualdad de todos los españoles en el ejercicio de los derechos y en el cumplimiento de los deberes constitucionales, y para la regulación de las condiciones de obtención, expedición y homologación de los títulos académicos y profesionales.

Disposición final segunda Entrada en vigor.

La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 1 de octubre de 2015.–La Vicepresidenta del Gobierno y Ministra de la Presidencia, Soraya Sáenz de Santamaría Antón.

ANEXO I

CUALIFICACIÓN PROFESIONAL: FABRICACIÓN DE TAPONES DE CORCHO

Familia Profesional: Madera, Mueble y Corcho

Nivel: 1

Código: MAM057_1

Competencia general:

Realizar las operaciones de preparación, control, limpieza y mantenimiento de primer nivel de las máquinas, útiles y equipos para la fabricación de tapones y discos de corcho natural y aglomerados, en condiciones de seguridad de acuerdo con los procedimientos y criterios de calidad...

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