Orden PRA/321/2018, de 20 de marzo, por la que se crea la Comisión Técnica para la ejecución del programa de apoyo a la celebración del 25 aniversario de la declaración por la UNESCO de Mérida como Patrimonio de la Humanidad.

Fecha de Entrada en Vigor28 de Marzo de 2018
MarginalBOE-A-2018-4246
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de la Presidencia y para las Administraciones Territoriales
Rango de LeyOrden

En el marco de la conmemoración del 25 aniversario de la declaración por la UNESCO de Mérida como Patrimonio de la Humanidad, se ha decidido promover una serie de celebraciones que resalten la gran labor que desde las instituciones se ha desarrollado en favor de la conservación y promoción del rico patrimonio histórico artístico de la ciudad de Mérida.

El programa de actividades comprenderá los ámbitos económico, cultural, científico y, muy especialmente, todos aquellos que supongan la puesta en valor del citado patrimonio.

La disposición adicional sexagésima quinta de la Ley 3/2017, de 27 de junio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2017, establece que la celebración del 25 aniversario de la declaración por la UNESCO de Mérida como Patrimonio de la Humanidad, tendrá la consideración de acontecimiento de excepcional interés público a los efectos de lo dispuesto en el artículo 27 de la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo, otorgándole los máximos beneficios fiscales establecidos en el artículo 27.3 de la citada Ley 49/2002, de 23 de diciembre.

Asimismo, la mencionada disposición adicional de la Ley 3/2017, de 27 de junio, establece la duración del programa de apoyo a este acontecimiento desde el 1 de enero de 2017 hasta el 31 de diciembre de 2018, y que la certificación de la adecuación de los gastos realizados a los objetivos y planes del citado programa se efectuará de conformidad con lo dispuesto en la Ley 49/2002, de 23 de diciembre.

La Ley 49/2002, de 23 de diciembre, establece en el artículo 27.1 que son programas de apoyo a acontecimientos de excepcional interés público el conjunto de incentivos fiscales específicos aplicables a las actuaciones que se realicen para asegurar el adecuado desarrollo de los acontecimientos que, en su caso, se determinen por ley.

El apartado 2 del mismo artículo requiere, entre otros extremos, la creación de un consorcio o la designación de un órgano administrativo que se encargue de la ejecución del programa y certifique la adecuación de los gastos realizados a los objetivos y planes del mismo. Asimismo, señala que en dicho consorcio u órgano estarán representadas, necesariamente, las Administraciones públicas interesadas en el acontecimiento y, en todo caso, el Ministerio de Hacienda y Función Pública, añadiendo que para la emisión de la certificación será necesario el voto favorable de la representación del Ministerio de Hacienda y Función Pública.

Esta Orden ministerial, conforme a los principios previstos en el artículo 129.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, de necesidad, eficacia, proporcionalidad, seguridad jurídica, transparencia y eficiencia que rigen el ejercicio de la potestad reglamentaria, da cumplimiento a la Ley 3/2017, de 27 de junio, y a la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, y tiene como objeto crear un órgano colegiado interministerial gestor del acontecimiento de excepcional interés público «25 aniversario de la declaración por la UNESCO de Mérida como Patrimonio de la Humanidad».

La presente orden se dicta de conformidad con lo dispuesto en el artículo 22.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

En su virtud, a propuesta de los Ministros de Educación, Cultura y Deporte y de Hacienda y Función Pública, dispongo:

Artículo 1  Objeto y finalidad.

En...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR