Orden PRA/30/2018, de 22 de enero, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Seguridad Nacional, por el que se crea y regula el Comité Especializado de Seguridad Energética.

MarginalBOE-A-2018-796
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de la Presidencia y para las Administraciones Territoriales
Rango de LeyOrden

El Consejo de Seguridad Nacional, en su reunión de 1 de diciembre de 2017, ha adoptado un Acuerdo por el que se regula el Comité Especializado de Seguridad Energética.

Para general conocimiento, y en cumplimiento de lo dispuesto en el apartado segundo del propio Acuerdo, se dispone su publicación como anejo a la presente Orden.

Madrid, 22 de enero de 2018.–La Vicepresidenta del Gobierno y Ministra de la Presidencia y para las Administraciones Territoriales, Soraya Sáenz de Santamaría Antón.

ANEJO. Acuerdo del Consejo de Seguridad Nacional por el que se crea y regula el Comité Especializado de Seguridad Energética

Exposición

El artículo 21.1.h) de la Ley 36/2015, de 28 de septiembre, de Seguridad Nacional, atribuye al Consejo de Seguridad Nacional la función de acordar la creación y el fortalecimiento de los órganos de apoyo necesarios para el desempeño de sus funciones, en su condición de Comisión Delegada del Gobierno para la Seguridad Nacional.

Como tal órgano colegiado del Gobierno, el Consejo de Seguridad Nacional asiste al Presidente del Gobierno en la dirección de la política de Seguridad Nacional y del Sistema de Seguridad Nacional, así como ejerce las demás funciones previstas en la citada Ley y en las normas de carácter legal y reglamentario que resulten aplicables.

Un aspecto nuclear de la Ley de Seguridad Nacional reside en la concepción del Sistema de Seguridad Nacional como el conjunto de órganos, organismos, recursos y procedimientos integrados en su estructura, bajo la dirección del Presidente del Gobierno asistido por el Consejo de Seguridad Nacional, que permite a los órganos competentes en materia de Seguridad Nacional ejercer sus funciones.

Estamos, pues, ante un espacio de actuación pública enfocado a la armonización de objetivos, recursos y políticas ya existentes en materia de seguridad. A tal fin, la citada Ley considera como componentes fundamentales de la Seguridad Nacional a la Defensa Nacional, la Seguridad Pública y la Acción Exterior y establece que los Servicios de inteligencia e información del Estado apoyarán permanentemente al Sistema de Seguridad Nacional, proporcionando elementos de juicio, información, análisis, estudios y propuestas necesarios para prevenir y detectar los riegos y amenazas y contribuir a su neutralización.

Además, la Ley de Seguridad Nacional enuncia entre los ámbitos de especial interés de la Seguridad Nacional a la seguridad energética, ámbito de actuación definido en la Estrategia de Seguridad Nacional, y cuyos objetivos y líneas de acción se han concretado en la Estrategia de Seguridad Energética Nacional.

Esta Estrategia de segundo nivel prevé la constitución de un comité especializado en la materia que permita instrumentalizar la función permanente de apoyo al Consejo de Seguridad Nacional y facilitar, en su caso, la toma de decisiones en materia de seguridad energética proyectando la idea de transversalidad y de colegialidad en un ámbito con repercusión directa sobre los componentes fundamentales de la Seguridad Nacional y otros ámbitos de la Seguridad Nacional como la seguridad económica y financiera, la seguridad ambiental, entre otros, y que encuentran en dicho órgano colegiado del Gobierno el instrumento idóneo para su tratamiento desde una perspectiva integral propia de la Seguridad Nacional.

Es más, la existencia del Comité Especializado de Seguridad Energética también permitiría una mejor asistencia a nivel político estratégico de la Seguridad Nacional, en lugar de la simple agregación de contribuciones separadas de los diferentes actores implicados.

La estrecha conexión de la lucha contra los riesgos y amenazas de la más diversa procedencia y naturaleza que no solo engarzan con el ámbito de la seguridad energética, sino también con lucha contra el terrorismo, el crimen organizado, la defensa nacional, entre otros ámbitos, acrecienta la transversalidad de la seguridad energética y la necesidad de otorgarle un tratamiento integral desde la perspectiva de la Seguridad Nacional.

Por todo ello, el Consejo de Seguridad Nacional mediante el Acuerdo de 20 de enero de 2017, por el...

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