Orden PCI/169/2019, de 22 de febrero, por la que se crea el Consejo de Desarrollo Sostenible.

MarginalBOE-A-2019-2554
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes e Igualdad
Rango de LeyOrden

La Agenda 2030 supone una nueva visión del desarrollo que integra lo económico, lo social y lo ambiental a través de 17 objetivos y 169 metas.

España ha adquirido un compromiso político para el cumplimiento de la Agenda 2030, materializado en la aprobación por el Consejo de Ministros el 22 de junio de 2018 del «Plan para la implementación de la Agenda 2030» en la que se recoge una nueva visión del desarrollo sostenible con voluntad de transformación y en el informe sobre los mecanismos e instrumentos de coordinación para la implementación de la Agenda 2030 en España, de 15 de febrero de 2019.

El Gobierno entiende la Agenda 2030 como un compromiso que requiere de trabajar de manera coordinada entre todas las administraciones y los actores sociales, económicos y medio ambientales.

La ciudadanía organizada, a través de sus diferentes formas, ha expresado su voluntad de participar activamente en la implementación de la Agenda 2030 y por ello es necesario generar alianzas que permitan cooperar para el cumplimiento de los Objetivos de Desarrollo Sostenible.

Como queda reflejado en el Plan de Acción para la implementación de la Agenda 2030 y en el Informe sobre los mecanismos e instrumentos de coordinación para la implementación de la Agenda 2030, con esta orden se crea el Consejo de Desarrollo Sostenible, un espacio ciudadano de carácter consultivo y de seguimiento del plan desde una participación abierta, incluyente, participativa y transparente.

El Consejo de Desarrollo Sostenible forma parte y complementa la estructura de gobernanza para la implementación de la Agenda 2030 en España. Es un órgano colegiado que articula la participación de la sociedad civil para la consecución de los Objetivos de Desarrollo Sostenible. Un espacio constituido desde la pluralidad de organizaciones representativas de intereses sociales que forman la sociedad española y con el fin de ser cauce para su participación el proceso de implementación de la Agenda 2030.

El Plan de Acción para la implementación de la Agenda 2030 recoge, además, la rendición de cuentas sobre las actuaciones realizadas para el cumplimiento de la Agenda 2030 en España, un compromiso de conjunto, una demostración de que entendemos que es necesario trabajar de manera coordinada entre todas las administraciones y los actores sociales, económicos y medio ambientales.

Mediante la presente orden, se procede a la creación de Consejo de Desarrollo Sostenible, de acuerdo con lo previsto en el artículo 22.3 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

En su virtud, dispongo:

Apartado 1. Creación y adscripción.

El Consejo de Desarrollo Sostenible se constituye como órgano colegiado de los previstos en el artículo 22.3 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, con la finalidad de ser un órgano asesor, de colaboración y cauce de la participación de la sociedad civil para el cumplimiento de los Objetivos de Desarrollo Sostenible y la Agenda 2030. El Consejo está adscrito a la Oficina del Alto Comisionado para la Agenda 2030.

Apartado 2. Funciones.

El Consejo de Desarrollo Sostenible tendrá las siguientes funciones:

  1. Asesorar a la Alta Comisionada para la Agenda 2030 en la elaboración e implementación de los planes y estrategias necesarios para el cumplimiento de la Agenda 2030.

  2. Generar documentos y análisis sobre aspectos de la implementación para la consecución de la Agenda 2030.

  3. Contribuir a la divulgación y comunicación de la Agenda 2030 al conjunto de la ciudadanía española.

  4. Impulsar el diálogo entre todos los agentes sociales, económicos y culturales para contribuir a la consecución de los Objetivos de Desarrollo Sostenible.

    Apartado 3. Estructura y composición.

    1. Son órganos del Consejo de Desarrollo Sostenible el Pleno y la Comisión Permanente.

      El Consejo de Desarrollo Sostenible estará integrado por la persona que ostente la Presidencia, cuarenta y ocho personas representantes de la sociedad civil y dos representantes del órgano de cooperación interterritorial, que en su caso se constituya, para la implementación de la Agenda 2030.

    2. La Presidencia corresponderá a la Alta Comisionada para la Agenda 2030.

    3. La Vicepresidencia corresponderá a un vocal representante del grupo de...

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