Orden PCI/1381/2018, de 18 de diciembre, por la que se regula la Red de Laboratorios de Alerta Biológica 'Re-Lab'.

MarginalBOE-A-2018-17707
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes e Igualdad
Rango de LeyOrden

Mediante Orden PRE/305/2009, de 10 de febrero, se crea la Red de Laboratorios de Alerta Biológica «RE-LAB», como una infraestructura compuesta por diferentes órganos, instituciones y laboratorios de referencia, en sus diferentes ámbitos de actuación, del territorio nacional, con objeto de dar una respuesta rápida a situaciones de emergencia producidas por incidentes con agentes biológicos (agentes biológicos vivos y agentes de espectro medio – toxinas y biorreguladores), como las ocurridas en la primera década del siglo XXI. Este tipo de amenaza reúne una serie de características, tales como la dificultad de detección e identificación de gran parte de los agentes biológicos antes de que aparezcan los síntomas del mal provocado y la enorme potencialidad de la mayoría de estos para ocasionar graves daños con efectos multiplicativos por contagio.

En lo que concierne a los laboratorios de referencia para la detección e identificación de los agentes biológicos, en el seno del, entonces Sistema Nacional de Conducción de Situaciones de Crisis, se creó un grupo de expertos, coordinados por el Ministerio de Defensa, que diseñó la Red de Laboratorios de Alerta Biológica, denominada «RE-LAB», cuyo propósito es unir una serie de laboratorios especializados y complementarios entre sí, mediante la interconexión de sus bases de datos y los adecuados protocolos de funcionamiento.

En el momento de su creación, la Red de Laboratorios de Alerta Biológica (en adelante «RE-LAB»), integraba cinco laboratorios de referencia y dos laboratorios de apoyo coordinados por el Instituto de Salud Carlos III.

Posteriormente, por Orden PRE/2565/2015, de 26 de noviembre, se modifica la Orden PRE/305/2009, de 10 de febrero, con el objeto de actualizar la composición y estructura de la «RE-LAB», su funcionamiento y financiación. En el año 2015, la «RE-LAB» estaba constituida por ocho laboratorios de referencia.

La implementación de los acuerdos adoptados por el Comité científico técnico y la Comisión de Coordinación de la «RE-LAB», recogidos en las actas correspondientes de las reuniones celebradas en 2016 y 2017, precisa una actualización en la regulación de la «RE-LAB». Dichos acuerdos incluyen:

La incorporación de nuevos laboratorios, con el objeto de ampliar el ámbito geográfico de la «RE-LAB», ampliar los puntos focales y duplicar, en la mayoría de las áreas de riesgo, los laboratorios especializados. Con estas incorporaciones son doce los laboratorios de referencia, a los que se suma un laboratorio colaborador.

La incorporación de vocales al Comité científico-técnico y a la Comisión de Coordinación, con la finalidad de aportar e integrar nuevas experiencias en diferentes campos para conseguir un mejor asesoramiento y valoración conjunta de los objetivos perseguidos.

La implementación de estos acuerdos y, por razones de eficacia y eficiencia, dotar a la Comisión de Coordinación de un procedimiento más ágil para adaptar la composición de la «RE-LAB» y conseguir una respuesta aún más temprana ante situaciones de crisis, precisan de la aprobación de una orden ministerial que recoja los cambios necesarios.

Asimismo, es conveniente actualizar las denominaciones de los Departamentos, grupos de trabajo, organismos e instituciones que forman parte de la «RE-LAB», contenidos en la Orden PRE/305/2009, de 10 de febrero.

En la elaboración de esta orden se han observado los principios de buena regulación previstos en el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Los principios de necesidad y eficacia puesto que la orden ministerial resulta el instrumento más indicado para los intereses que se persiguen; el principio de proporcionalidad ya que contiene la regulación imprescindible para...

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