Orden JUS/623/2019, de 6 de junio, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 12 de abril de 2019, por el que se crea la Comisión Mixta de Cooperación Jurídica Internacional.

MarginalBOE-A-2019-8506
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Justicia
Rango de LeyOrden

El Consejo de Ministros, en su reunión del día 12 de abril de 2019, ha adoptado el Acuerdo por el que se crea la Comisión Mixta de Cooperación Jurídica Internacional.

Para dotar de efectividad al referido acuerdo, y en cumplimiento de lo establecido en su apartado sexto, se procede a la publicación del acuerdo que se inserta a continuación.

Madrid, 6 de junio de 2019.–La Ministra de Justicia, Dolores Delgado García.

ACUERDO DE CONSEJO DE MINISTROS POR EL QUE SE CREA LA COMISIÓN MIXTA DE COOPERACIÓN JURÍDICA INTERNACIONAL

El sistema español de cooperación jurídica internacional ha experimentado en los últimos años un cambio de paradigma sin precedentes. Además, ha visto incrementada su complejidad al mismo ritmo en que se ha acelerado la aparición de diversas formas de acomodar las relaciones entre Estados en este ámbito y sin que su coexistencia haya contado formalmente con cauces ordenados de coordinación y gestión. Sin duda, el desarrollo del espacio de libertad, seguridad y justicia en la Unión Europea ha sido el principal propulsor hacia este nuevo paradigma, al tiempo que ha servido también de polo de atracción para otros ámbitos multilaterales, que tienden a copiar este enfoque.

Ello ha incrementado las expectativas y, por ende, las exigencias por parte de los Estados de mayor eficiencia y celeridad en la gestión de los procedimientos de cooperación trasnacional, así como por parte de la propia ciudadanía y las empresas. La respuesta normativa mediante enfoques transnacionales al fenómeno de las relaciones jurídicas –penales, familiares, mercantiles, etc. o a las actividades de la delincuencia organizada– que, por su naturaleza, llevan aparejada una dimensión global, como la ciberdelincuencia o el terrorismo, ha traído consigo la potenciación de la agilidad, la especialización y la incorporación de nuevos actores y redes de trabajo.

El sistema de autoridades centrales, adoptado para facilitar la comunicación directa entre las instituciones que en cada Estado ostentan la responsabilidad en la materia, ya supuso un notable avance frente a la utilización de la menos especializada vía diplomática. Más tarde, la creación del «espacio común de libertad, seguridad y justicia» en la Unión Europea ha acabado de perfilar el panorama actual, basado en el principio de reconocimiento mutuo, la confianza recíproca entre los Estados miembros, y la libre circulación de las resoluciones emitidas por las autoridades judiciales, lo que permite su análisis entre pares y su ejecución inmediata sin intermediación del poder Ejecutivo.

Este marco normativo ha sido recogido por la Ley 23/2014, de 20 de noviembre, de reconocimiento mutuo de resoluciones penales en la Unión Europea, o la Ley 29/2015, de 30 de julio, de cooperación jurídica internacional en materia civil, entre otras, que complementan y acomodan disposiciones internacionales de diverso rango y procedencia, como son los tratados internacionales multilaterales y bilaterales, o las directivas y...

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