Orden JUS/425/2016, de 17 de marzo, por la que se convoca concurso específico para la provisión de puestos de trabajo en el Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses.

MarginalBOE-A-2016-3084
SecciónII - Autoridades y Personal
Rango de LeyOrden

De conformidad con lo establecido en los artículos 532 y 533 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial y en los artículos 49 y siguientes del Real Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Ingreso, Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional del Personal Funcionario al Servicio de la Administración de Justicia, se anuncia concurso específico de méritos para la provisión de puestos de trabajo singularizados que se relacionan en anexo I, de acuerdo con las siguientes bases:

Primera. Régimen de participación.

  1. Podrán participar los funcionarios de carrera de los Cuerpos o Escalas de Gestión Procesal y Administrativa, Técnicos Especialistas del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forense, y los funcionarios de la Administración General del Estado de los subgrupos A1 y A2, que reúnan las condiciones generales exigidas y los requisitos determinados en esta convocatoria en la fecha en que termine el plazo de presentación de las solicitudes de participación y las mantengan hasta la resolución definitiva del concurso.

  2. En el marco de la racionalización y optimización de los recursos humanos disponibles y con el objeto de alcanzar una mayor eficiencia en la distribución del personal funcionario al servicio de la Administración General del Estado, que permita una prestación adecuada de los Servicios Públicos que tiene encomendados, no podrán participar en la presente convocatoria de concurso, los funcionarios que presten servicios en las siguientes unidades:

    Ministerio de Empleo y Seguridad Social:

    – Oficinas de Prestaciones del Servicio Público de Empleo Estatal.

    – Direcciones Provinciales del Servicio Público de Empleo Estatal: aquellos funcionarios que realicen funciones relacionadas con la gestión y/o reconocimiento de las prestaciones por desempleo.

    – Fondo de Garantía Salarial.

    Tampoco podrán participar los funcionarios que ocupen alguno de los siguientes puestos de trabajo:

    – Jefe de Sección de Inspección Farmacéutica y Control de Drogas en las Áreas y Dependencias de Sanidad de las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno.

    – Inspector de Sanidad Vegetal en las Áreas y Dependencias de Agricultura y Pesca de las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno.

    – Coordinador de Inspección de Sanidad Vegetal en las Áreas y Dependencias de Agricultura y Pesca de las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno.

  3. No podrán participar en el presente concurso los funcionarios que se encuentren en situación de excedencia voluntaria por interés particular o por agrupación familiar, durante el periodo mínimo obligatorio de permanencia en dichas situaciones; los suspensos en firme, mientras dure la suspensión; y los sancionados con traslado forzoso, para destino en la misma localidad en la que se les impuso la sanción, mientras no hayan transcurrido uno o tres años, si se trata de falta grave o muy grave, respectivamente.

  4. En el caso de los funcionarios de la Administración de Justicia, en cuanto al tiempo mínimo para participar en el presente concurso específico, de conformidad con lo previsto en el artículo 49.7 del Real Decreto 1451/2005, no regirá la limitación establecida en el artículo 46.1 del mismo.

    Los funcionarios de la Administración General del Estado en servicio activo o en situación de servicios especiales o en excedencia para el cuidado de familiares, podrán participar siempre que hayan transcurrido, al menos, dos años desde la toma de posesión del último puesto de trabajo obtenido con carácter definitivo.

    Segunda. Puestos de trabajo ofertados.

    Los puestos a proveer mediante el presente concurso son los que figuran en anexo I de esta Orden.

    En el citado anexo se hacen constar los datos referentes a los puestos de trabajo, así como su descripción, con inclusión de las especificaciones derivadas de la naturaleza de la función encomendada a los mismos, y la relación de las principales tareas. Asimismo, se indica el complemento de destino, complemento específico, cuerpo de funcionarios o subgrupo que puede solicitar cada puesto y Administración de procedencia, y los méritos específicos correspondientes.

    Tercera. Fases y baremos de valoración.

    El presente concurso específico consta de dos fases.

    En la primera fase se procederá a la comprobación y valoración de los méritos generales.

    En la segunda fase se efectuará la valoración de los méritos específicos mediante la puntuación obtenida con la media aritmética de las...

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