Orden JUS/147/2015, de 5 de febrero, por la que se crea y regula la composición y funcionamiento de la Comisión Mixta de colaboración con el Colegio de Registradores de la Propiedad, Mercantiles y de Bienes Muebles, en materia de registro civil.

Fecha de Entrada en Vigor 7 de Febrero de 2015
MarginalBOE-A-2015-1109
SecciónI - Disposiciones Generales
Rango de LeyOrden

Los Registradores han sido el Cuerpo designado por la Ley 20/2011, de 21 de julio, del Registro Civil, para la llevanza del Registro Civil. Las diversas actuaciones a acometer en este ámbito requieren de una estrecha colaboración entre el Ministerio y el Colegio de Registradores de la Propiedad, Mercantiles y de Bienes Muebles como corporación de derecho público en la que se integran los funcionarios que deben desempeñar este importante cometido.

Es por ello por lo que se instrumenta a través de la presente orden ministerial la creación de una Comisión Mixta de colaboración entre el Ministerio de Justicia y el Colegio de Registradores de la Propiedad, Mercantiles y de Bienes Muebles en aras de proceder al estudio del mejor diseño del sistema que permita la mejora del servicio, utilizando de la manera más eficaz posible los recursos existentes y garantizando, por otra parte, la gratuidad de los servicios, el sostenimiento de los costes y la titularidad estatal y máxima protección de los datos registrales.

La Comisión podrá contar, dependiendo de las materias que sean objeto de sus reuniones, con la participación de otros Departamentos ministeriales, organismos públicos o Colegios profesionales.

La presente disposición ha sido sometida al trámite de audiencia del Colegio de Registradores de la Propiedad, Mercantiles y de Bienes Muebles.

En su virtud, de acuerdo con lo previsto en el artículo 40.2 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, y con la aprobación previa del Ministro de Hacienda y Administraciones Públicas, dispongo:

Artículo 1 Creación, objeto y naturaleza.
  1. Se constituye la Comisión Mixta de Colaboración entre el Ministerio de Justicia y el Colegio de Registradores de la Propiedad, Mercantiles y de Bienes Muebles, en materia de Registro Civil, como órgano colegiado adscrito al Ministro de Justicia, al amparo de lo previsto en el artículo 40.2 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado.

  2. El objeto de la Comisión será la colaboración para el diseño de un sistema de Registro...

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