Orden JUS/1331/2017, de 26 de diciembre, por la que se determina la fecha de entrada en funcionamiento de las unidades procesales de apoyo directo, del Servicio Común Procesal General y del Servicio Común Procesal de Ejecución del partido judicial de Blanes.

MarginalBOE-A-2018-190
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Justicia
Rango de LeyOrden

Mediante la Orden JUS/292/2016, de 25 de octubre, de la Generalitat de Cataluña, se han creado el Servicio Común Procesal General y el Servicio Común Procesal de Ejecución del partido judicial de Blanes, y de acuerdo con lo que establece su artículo 11, las unidades procesales de apoyo directo y los servicios comunes procesales de Blanes entrarán en funcionamiento en la fecha que determine el consejero o consejera competente en materia de justicia.

Mediante la Orden JUS/1788/2016, de 8 de noviembre, del Ministerio de Justicia, se ha aprobado con carácter definitivo la relación de puestos de trabajo de los cuerpos de gestión procesal y administrativa, tramitación procesal y administrativa y auxilio judicial de la Administración de justicia de la oficina judicial de Blanes. Esta Orden se ha hecho pública en el «DOGC» en virtud de Resolución del Consejero de Justicia.

En virtud de la Resolución del Consejero de Justicia de 24 de julio de 2017, se ha aprobado la modificación, entre otras, de la relación de puestos de trabajo del personal al servicio de la Administración de justicia de la oficina judicial de Blanes.

Asimismo, mediante la Orden JUS/119/2017, de 7 de febrero, del Ministerio de Justicia, se han aprobado las relaciones de puestos de trabajo de los Letrados de la Administración de Justicia de la oficina judicial de Blanes.

En base a todo ello, se han llevado a cabo todas las actuaciones preparatorias para la implementación de la oficina judicial en este partido judicial y está previsto que finalice en breve el proceso de acoplamiento del personal al servicio de la Administración de justicia a los nuevos puestos de trabajo definidos en la relación de puestos de trabajo.

En atención a lo expuesto, de conformidad con lo establecido en el artículo 6 del Real Decreto 944/2017, de 27 de octubre, por el que se designa a órganos y autoridades encargados de dar cumplimiento a las medidas dirigidas al Gobierno y a la Administración de la Generalitat de Cataluña, autorizadas por acuerdo del Pleno del Senado, de 27 de octubre de 2017, por el que se aprueban las medidas requeridas por el Gobierno, al amparo del...

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