Orden INT/349/2016, de 14 de marzo, por la que se nombran funcionarios Facultativos y Técnicos del Cuerpo Nacional de Policía a los aspirantes que han superado el proceso selectivo, convocado por Resolución de 28 de julio de 2015, de la Dirección General de Policía.

MarginalBOE-A-2016-2672
SecciónII - Autoridades y Personal
Rango de LeyOrden

Por haber superado el proceso selectivo para cubrir plazas de Funcionarios Facultativos y Técnicos de la Policía Nacional, convocado por Resolución de la Dirección General de la Policía de 28 de julio de 2015 («Boletín Oficial del Estado» número 186, de 5 de agosto de 2015), al haber sido declarados aptos por Resolución de 14 de marzo de 2016 del mismo centro directivo,

Este Ministerio, de acuerdo con lo dispuesto en la normativa vigente y en la base novena de la convocatoria, ha dispuesto:

Primero.

Nombrar funcionarios Facultativos de la Policía Nacional a los aspirantes que se relacionan en el anexo I de la presente, ordenados en función de la puntuación obtenida en la fase de concurso y en el segundo ciclo de la fase de curso, establecidas en la base octava de la convocatoria.

Segundo.

Nombrar funcionarios Técnicos de la Policía Nacional a los aspirantes que se relacionan en el anexo II de la presente, ordenados igualmente en función de la puntuación obtenida en las fases señaladas en la disposición anterior.

Tercero.

Para la adquisición de la condición de funcionarios Facultativos y Técnicos de la Policía Nacional, los interesados deberán prestar el juramento o promesa que se establece en el Real Decreto número 707/1979, de 5 de abril. A dichos efectos, deberán también tomar posesión en las plazas que les sean asignadas de acuerdo con las bases de la convocatoria y con las prescripciones reglamentariamente establecidas que se indiquen en la resolución de la Dirección General de la Policía que se haga pública, en la orden general de dicho centro directivo, la mencionada asignación de plazas.

Cuarto.

Contra la presente orden y los actos derivados de la misma, que ponen fin a la vía administrativa, cabe interponer con carácter potestativo recurso de reposición en el plazo de un mes ante el Ministro del Interior, en los términos previstos en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o directamente recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante el tribunal correspondiente, según lo dispuesto en los artículos 25, 26, 45 y 46 de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.

Madrid, 14 de marzo de 2016.–El Ministro del Interior, Jorge Fernández Díaz.

ANEXO I

DNI Apellidos y nombre Puntuación concurso Puntuación curso Puntuación final
7.2
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