Orden INT/2023/2015, de 4 de septiembre, por la que se modifica la Orden INT/1202/2011, de 4 de mayo, por la que se regulan los ficheros de datos de carácter personal del Ministerio del Interior.

Fecha de Entrada en Vigor 3 de Octubre de 2015
MarginalBOE-A-2015-10615
SecciónIII - Otras Disposiciones
Rango de LeyOrden

El artículo 20 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, así como el artículo 52 de su Reglamento de desarrollo, aprobado por el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, establecen que la creación, modificación y supresión de los ficheros de las Administraciones Públicas sólo podrá hacerse por medio de disposición general publicada en el «Boletín Oficial del Estado» o diario oficial correspondiente.

Al amparo de lo establecido en la citada Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, se procedió por Orden INT/1202/2011, de 4 de mayo, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» n.º 114, de 13 de mayo de 2011, a la regulación de los ficheros del Ministerio del Interior que contienen datos de carácter personal, la cual contiene los que son responsabilidad de los diferentes Centros Directivos de dicho Departamento.

Esta orden se dicta con el fin de proceder a la modificación del fichero «Peculio» del ámbito de la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias, en lo que se refiere a la comunicación de datos.

Ha sido informada por la Agencia Española de Protección de Datos en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 37 h) de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre.

Por consiguiente, a fin de dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 20 de la citada Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, así como en los artículos 52 a 54 de su Reglamento de desarrollo, por cuanto establecen sobre la creación, modificación y supresión de ficheros que contengan datos de carácter personal, dispongo:

Artículo único Modificación de la Orden INT/1202/2011, de 4 de mayo, por la que se regulan los ficheros de datos de carácter personal del Ministerio del Interior.

El apartado d) del fichero «Peculio», contenido en el anexo II de la Orden INT/1202/2011, de 4 de mayo, por la que se regulan los ficheros de datos de carácter personal del Ministerio del Interior, queda redactado de la siguiente forma:

d) Comunicaciones de datos: A entidades bancarias que tengan que realizar el pago; a Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado y Cuerpos de Policía de las Comunidades Autónomas para la...

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