Orden HFP/185/2018, de 21 de febrero, por la que se modifica la Orden HAP/149/2013, de 29 de enero, por la que se regulan los servicios de automovilismo que prestan el Parque Móvil del Estado y las Unidades del Parque Móvil integradas en las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno y Direcciones insulares, así como la Orden HAP/1177/2015, de 17 de junio, por la que se regula el Registro de Vehículos del Sector Público Estatal.

Fecha de Entrada en Vigor28 de Febrero de 2018
MarginalBOE-A-2018-2688
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Hacienda y Función Pública
Rango de LeyOrden

El Real Decreto 146/1999, de 29 de enero, por el que se modifica la estructura orgánica básica y funciones, y se transforma el Organismo autónomo Parque Móvil Ministerial en Parque Móvil del Estado, fue posteriormente modificado por el Real Decreto 1527/2012, de 8 de noviembre, con el objetivo de determinar con mayor precisión y rigor los aspectos esenciales relacionados con los servicios automovilísticos que presta el Parque Móvil del Estado.

La Orden HAP/149/2013, de 29 de enero, desarrolló el Real Decreto, regulando los servicios de automovilismo que prestan el Parque Móvil del Estado y las Unidades del Parque Móvil integradas en las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno y Direcciones insulares.

En aplicación de dichas normas, por Resolución del Director General del Parque Móvil del Estado, de 15 de marzo de 2013, se dictó la Instrucción para la prestación de los servicios de automovilismo del organismo en la Administración General del Estado.

La reforma de los servicios automovilísticos llevada a cabo desde entonces ha supuesto una importante reducción de la flota de vehículos y del personal conductor en línea con las políticas del Gobierno de contención del gasto público y disminución del déficit. Por ello y, con el objetivo de lograr una mayor eficiencia, eficacia y optimización de los recursos disponibles, en lo que se refiere a determinados servicios, se hace necesario modificar la Orden HAP/149/2013, de 29 de enero.

Asimismo y en paralelo al desarrollo normativo expuesto, que articuló la reforma del Parque Móvil del Estado, se aprobó la Orden HAP 1177/2015, de 17 de junio, por la que se regula el Registro de Vehículos del Sector Público Estatal que, a su vez, desarrolla la disposición adicional décima de la Ley 15/2014, de 16 de septiembre, de racionalización del Sector Público y otras medidas de reforma administrativa, que creó el Registro de Vehículos del Sector Público Estatal. La experiencia acumulada desde la entrada en vigor de dicha Orden, tanto en la gestión como en el sistema de control de este Registro Oficial motiva, por razones de oportunidad, incluir en esta Orden, modificaciones que van a permitir mejorar este ámbito de actuación, reforzando sobre todo el régimen de control posterior.

La presente orden se dicta en virtud de la habilitación contenida en la disposición final segunda del Real Decreto 146/1999, de 29 de enero, y en la disposición adicional décima de la Ley 15/2014, de 16 de septiembre, entendiéndose éstas otorgadas al Ministro de Hacienda y Función Pública, de conformidad con lo establecido en la disposición final segunda del Real Decreto 415/2016, de 3 de noviembre, por el que se reestructuran los departamentos ministeriales.

En su virtud, de acuerdo con el Consejo de Estado, dispongo:

Artículo primero. Modificación de la Orden HAP/149/2013, de 29 de enero, por la que se...

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