Orden HAP/2046/2015, de 1 de octubre, por la que se modifica la Orden de 4 junio de 1998, por la que se regulan determinados aspectos de la gestión recaudatoria de las tasas que constituyen derechos de la Hacienda Pública.

Fecha de Entrada en Vigor 8 de Octubre de 2015
MarginalBOE-A-2015-10767
SecciónI - Disposiciones Generales
Rango de LeyOrden

Con el objetivo primordial de hacer extensivo a la gestión recaudatoria de las tasas el procedimiento de recaudación a través de las entidades que prestan el servicio de colaboración en la gestión recaudatoria que tiene encomendada la Agencia Estatal de Administración Tributaria, se dictó la Orden Ministerial de 4 de junio de 1998 por la que se regulan determinados aspectos de la gestión recaudatoria de las tasas que constituyen derechos de la Hacienda Pública.

La experiencia acumulada permite afirmar que los procedimientos regulados en dicha Orden permitieron mejorar notablemente los mecanismos de control y seguimiento de la recaudación de este tipo de recursos tributarios.

Posteriormente, y fundamentalmente como consecuencia de la introducción del euro y ciertos cambios producidos en la estructura orgánica de los Departamentos Ministeriales de la Administración General del Estado, la aludida Orden Ministerial de 4 de junio de 1998 fue modificada por la Orden Ministerial de 11 de diciembre de 2001, que vino a clarificar determinados aspectos regulados en aquélla.

Uno de los objetivos primordiales de toda Administración Tributaria consiste en simplificar y facilitar el cumplimiento de las obligaciones fiscales y resulta incuestionable que toda ampliación de los procedimientos o de los medios de pago supone facilitar a los obligados tributarios la operación de ingreso de sus respectivas deudas.

Precisamente en este contexto, se ha considerado conveniente fomentar que los sujetos pasivos de las tasas puedan realizar el pago de las mismas directamente en las oficinas administrativas, utilizando para ello tarjetas de crédito o de débito.

Con el fin de dar cobertura normativa a este procedimiento de pago, se dicta la presente Orden que, además establece como obligatoria la habilitación en las oficinas administrativas del pago con tarjeta respecto de ciertas tasas, atendiendo a las características específicas de cada una de ellas.

Por otra parte, se adapta el contenido de la Orden Ministerial de 4 de junio de 1998 al nuevo sistema de codificación e identificación de cuentas bancarias, basado en el IBAN, implantado en España tras la entrada en vigor de la Ley 16/2009, de 13 de noviembre, de servicios de pago.

La Disposición final única del Reglamento General de Recaudación, aprobado por el Real...

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