Orden HAP/1324/2016, de 22 de julio, por la que se nombran funcionarios de carrera, por el sistema general de acceso libre, de la Escala de funcionarios de administración local con habilitación de carácter nacional, Subescala Secretaría-Intervención.

MarginalBOE-A-2016-7462
SecciónII - Autoridades y Personal
Rango de LeyOrden

Por Orden HAP/2559/2014, de 23 de diciembre («BOE» de 9 de enero de 2015), se convocó proceso selectivo para ingreso por el sistema general de acceso libre, en la Escala de funcionarios de administración local con habilitación de carácter nacional, Subescala Secretaría-Intervención, correspondiente a la Oferta de Empleo Público del año 2014.

Una vez concluidas las pruebas selectivas y efectuada por la Dirección General de la Función Pública propuesta de nombramiento de los aspirantes que han superado las mismas, procede su nombramiento como funcionarios de carrera de la Escala de funcionarios de administración local con habilitación de carácter nacional, Subescala Secretaría-Intervención,

Este Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, de conformidad con el artículo 24.2 del Real Decreto 1174/1987, de 18 de septiembre («BOE» del 29), por el que se regula el Régimen Jurídico de los funcionarios de administración local con habilitación de carácter nacional, modificado por el Real Decreto 834/2003, de 27 de junio, y en concordancia con la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, resuelve:

Primero:

Nombrar funcionarios de carrera de la Escala de funcionarios de administración local con habilitación de carácter nacional, Subescala Secretaría-Intervención, a los aspirantes que se relacionan en el anexo de esta Orden.

Segundo:

Los funcionarios nombrados están habilitados para participar en los concursos de traslados para provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios de administración local con habilitación de carácter nacional, de la Subescala y categoría, que se convoquen a partir de la publicación de la presente Orden.

Tercero:

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer, potestativamente, recurso administrativo de reposición ante esta misma Secretaría de Estado en el plazo de un mes o interponer directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, a contar de la misma manera, ante el Juzgado Central de lo Contencioso-Administrativo que corresponda, con sede en Madrid (todo ello con arreglo a lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común –según redacción dada por Ley 4/1999–, y en los arts. 9.a) y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, así como en las normas concordantes de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y de la Ley 38/1988, de 28 de diciembre, de demarcación y planta judicial), y sin perjuicio de cualquier otro recurso que se pudiera interponer.

Madrid, 22 de julio de 2016.–El Ministro de Hacienda y Administraciones Públicas, P.D. (Orden HAP/1335/2012, de 14 de junio), el Secretario de Estado de Administraciones Públicas, Antonio Germán Beteta Barrreda.

ANEXO I Subescala de Secretaria-Intervención de la Escala de...

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