Orden HAP/1260/2016, de 21 de julio, por la que se publica la relación de aprobados del proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre y por promoción interna, en el Cuerpo de Ingenieros de Montes de la Hacienda Pública, convocado por Orden HAP/1493/2015, de 16 de julio.

MarginalBOE-A-2016-7195
SecciónII - Autoridades y Personal
Rango de LeyOrden

Vista la propuesta formulada por el Tribunal calificador de las pruebas selectivas para ingreso en el Cuerpo de Ingenieros de Montes de la Hacienda Pública, convocadas por Orden HAP/1493/2015, de 16 de julio, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 22 del Real Decreto 364/1995, de 10 marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, y en la base decimoséptima de la Orden APU/3416/2007, de 14 de noviembre, por la que se establecen las bases comunes que regirán los procesos selectivos para ingreso o acceso en Cuerpos o Escalas de la Administración General del Estado,

Este Ministerio acuerda:

Primero.

Hacer pública la relación de aspirantes aprobados en la fase de oposición, por el sistema general de acceso libre y en la fase de concurso-oposición, por el sistema de promoción interna, por orden de puntuación obtenida, que figura en el anexo de la presente Orden.

Segundo.

Declarar, tras su comprobación, el cumplimiento de las condiciones de capacidad y requisitos exigidos en la convocatoria, por parte de los aspirantes relacionados en el anexo, de acuerdo con la información que consta en el sistema de verificación de datos de identidad y registros nacionales de titulaciones académicas de la Administración General del Estado.

Tercero.

Quienes tuvieran la condición de funcionarios de carrera deberán formular opción para la percepción de la remuneración que deseen percibir durante su condición de funcionarios en prácticas. Dicha opción deberá ser formulada igualmente por quienes invoquen su condición de personal laboral o funcionario interino, de conformidad con lo previsto en el Real Decreto 456/1986, de 10 de febrero, modificado por Real Decreto 213/2003, de 21 de febrero.

Cuarto.

Por orden de la autoridad convocante, se procederá al nombramiento de funcionarios en prácticas, en la que se determinará la fecha en que empezará a surtir efecto dicho nombramiento, así como la fecha de inicio del curso selectivo determinado en la convocatoria.

Estos funcionarios deberán superar el referido curso selectivo.

Los aspirantes que no superen el curso selectivo o periodo de prácticas perderán el derecho a ser nombrados funcionarios de carrera mediante resolución motivada por la autoridad convocante. Quienes no pudieran realizar el curso...

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