Orden HAC/636/2018, de 12 de junio, por la que se mantiene la vigencia de las delegaciones de competencias de los órganos superiores y directivos del extinto Ministerio de Hacienda y Función Pública.

Fecha de Entrada en Vigor14 de Junio de 2018
MarginalBOE-A-2018-7952
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Hacienda
Rango de LeyOrden

El Real Decreto 355/2018, de 6 de junio, por el que se reestructuran los departamentos ministeriales, establece en su disposición transitoria única la subsistencia de las estructuras vigentes, hasta la aplicación de los reales decretos de estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales.

Por su parte, las disposiciones primera y segunda del Real Decreto 359/2018, de 8 de junio, por el que se crean Subsecretarías en los departamentos ministeriales, mantienen la vigencia de las funciones de los órganos directivos y unidades dependientes de las Subsecretarías suprimidas en tanto no se realicen las oportunas modificaciones organizativas, así como las de los titulares de los órganos superiores y directivos suprimidos, en tanto no se acuerde su cese.

Dado que las disposiciones anteriores establecen la vigencia de las funciones originarias que corresponden a cada órgano o unidad, en aras de la seguridad jurídica y de la necesidad de mantener la continuidad en el desarrollo de las facultades y competencias atribuidas al departamento, se considera oportuno conservar igualmente la de aquellas que se encuentran delegadas en dichos órganos y unidades, motivo por el que se dicta la presente orden.

En su virtud, dispongo:

Artículo único

Las delegaciones de competencias otorgadas por los distintos órganos superiores y directivos del extinto Ministerio de Hacienda y Función Pública afectados por el Real Decreto 355/2018, de 6 de junio, por el que se reestructuran los departamentos ministeriales y por el Real Decreto 359/2018, de 8 de junio, por el que se crean Subsecretarías en los departamentos ministeriales, continuarán vigentes hasta que sean expresamente revocadas o nuevamente otorgadas, con excepción de las relativas a la Secretaría de Estado de Función Pública y sus organismos dependientes. En este caso continuarán vigentes únicamente las referidas a las competencias para el reconocimiento de obligaciones y propuesta de pago con cargo a los créditos de servicio 05 Dirección General...

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