Orden HAC/473/2019, de 9 de abril, por la que se publica el Acuerdo de la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos, que declara el incumplimiento de condiciones de expediente acogido a la Ley 50/1985, de 27 de diciembre, de Incentivos Regionales.

MarginalBOE-A-2019-6231
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Hacienda
Rango de LeyOrden

La Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos, en su reunión del día 7 de marzo de 2019, adoptó un Acuerdo por el que se declara el incumplimiento de un expediente acogido a la Ley 50/1985, de Incentivos Regionales, en la Zona de Promoción Económica del Principado de Asturias, por no haber acreditado el cumplimiento de las condiciones establecidas para el disfrute de los mismos.

Considerando la naturaleza y características de dicho Acuerdo,

Este Ministerio tiene a bien disponer:

Dar publicidad en el «Boletín Oficial del Estado» al texto íntegro del Acuerdo por el que se declara el incumplimiento de 1 expediente acogido a la Ley 50/1985, de Incentivos Regionales, en la Zona de Promoción Económica del Principado de Asturias, por no haber acreditado el cumplimiento de las condiciones establecidas para el disfrute de los mismos. Dicho texto se incluye como anexo a esta Orden.

Madrid, 9 de abril de 2019.–La Ministra de Hacienda, P.D. (Orden HAC/316/2019, de 12 de marzo), la Secretaria de Estado de Presupuestos y Gastos, María José Gualda Romero.

ANEXO Texto del Acuerdo de la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos «El Ministerio de Hacienda, de conformidad con lo establecido en el Real Decreto 1535/1987, de 11 de diciembre y en el Reglamento de los incentivos regionales, de desarrollo de la Ley 50/1985, aprobado por el Real Decreto 899/2007, de 6 de julio, para los casos de incumplimiento de las condiciones establecidas para el disfrute de los incentivos en las Zonas promocionables, delimitadas al amparo de la Ley 50/1985, de 27 de diciembre, eleva a la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos la siguiente propuesta de

ACUERDO

Examinado el expediente AS/1068/P01 de concesión de incentivos regionales en la Zona de promoción económica del Principado de Asturias, del que es titular la empresa Tratamiento Integral del Acero, S.A., a los efectos de verificar si ha cumplido las condiciones establecidas para el disfrute de dichos incentivos, de conformidad con el artículo 21 del Reglamento de los incentivos regionales, de desarrollo de la Ley 50/1985, aprobado por el Real Decreto 899/2007, de 6 de julio, y el artículo 34.1.b) del Real Decreto 1535/1987, modificado por Real Decreto 302/1993 y teniendo en consideración los siguientes

Antecedentes de hecho

  1.  Los incentivos fueron otorgados por Acuerdo de la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos de fecha de 19 de abril de 2007 y notificados el 30/04/2007 por medio de resolución individual, que establecía las condiciones específicas y plazos para su cumplimiento, vinculantes para el disfrute de los expresados incentivos, resolución individual que fue aceptada por la empresa el 8 de junio de 2007.

  2.  La empresa ha percibido la totalidad de la subvención concedida, por importe de 1.413.364,94 €, el 18 de junio de 2014. Posteriormente, el 27 de abril de 2018, la Comunidad Autónoma emitió informe sobre el control de las inversiones en los cinco años siguientes al final del periodo de vigencia, del que se deduce el incumplimiento en el mantenimiento de la inversión y por ello se inició el oportuno expediente de incumplimiento, de acuerdo con lo dispuesto en el Reglamento de los incentivos regionales, de desarrollo de la Ley 50/1985, aprobado por el R.D. 899/2007, de 6 de julio. Instruido el expediente de incumplimiento, se pone de manifiesto el incumplimiento del 4,91% de la condición de mantener las inversiones en los cinco años siguientes al final del periodo de vigencia, por importe de 10.872.038,00 €, ya que la inversión subvencionable justificada asciende a 10.338.590,70 €, por lo que faltan por justificar 533.447,30 €, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 37 del Real Decreto 1535/1987, de 11 de diciembre, en vigor en el momento de su concesión.

    A los hechos anteriores son de aplicación los...

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