Orden FOM/845/2015, de 7 de mayo, por la que se aprueba el modelo de declaración responsable que habilita para la prestación de servicios postales no incluidos en el ámbito del servicio postal universal.

Fecha de Entrada en Vigor12 de Mayo de 2015
MarginalBOE-A-2015-5183
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Fomento
Rango de LeyOrden

La Ley 43/2010, de 30 de diciembre, del servicio postal universal, de los derechos de los usuarios y del mercado postal, dedica el capítulo II del título IV a regular las declaraciones responsables y dispone en sus artículos 40 y 41, entre otros extremos, que quienes pretendan prestar servicios postales no incluidos en el ámbito del servicio postal universal deberán presentar a la Comisión Nacional del Sector Postal, con carácter previo al inicio de la actividad, una declaración responsable en la que se harán constar los requisitos y condiciones establecidos en la normativa postal vigente.

Por su parte, el párrafo segundo del apartado 2 del citado artículo 41 determina que por Orden del Ministro de Fomento se aprobará el modelo de declaración responsable, que podrá presentarse por medios electrónicos.

El artículo 40.1 de la Ley 43/2010, de 30 de diciembre, estableció que era la Comisión Nacional del Sector Postal el órgano competente para recibir estas declaraciones responsables. En virtud de esta competencia se publicó la Orden FOM/794/2011, de 21 de marzo, por la que se aprobó el modelo de declaración responsable, que habilitaba para la prestación de servicios postales no incluidos en el ámbito del Servicio Postal Universal, y debía presentarse ante la Comisión Nacional del Sector Postal, funciones asumidas en la actualidad por la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia.

Con posterioridad, el apartado 5 de la disposición adicional undécima de la Ley 3/2013, de 4 de junio, de creación de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, ha venido a modificar el marco competencial estableciendo que el Ministerio de Fomento asumirá la función de «recibir las declaraciones responsables que habilitan para la actividad postal».

Por todo ello, es preciso sustituir la actual Orden FOM/794/2011, de 21 de marzo, por la que se aprobó el modelo de declaración responsable, que habilita para la prestación de servicios postales no incluidos en el ámbito del Servicio Postal Universal, por una nueva orden ministerial que se adapte al nuevo orden competencial.

En la elaboración de esta orden se ha emitido, con carácter previo, el informe favorable del Ministerio de la Presidencia, competencia que en la actualidad corresponde al...

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