Orden FOM/731/2015, de 17 de abril, por la que se modifica la Orden FOM/1644/2012, de 23 de julio, sobre delegación de competencias en el Ministerio de Fomento.

MarginalBOE-A-2015-4467
SecciónIII - Otras Disposiciones
Rango de LeyOrden

La Orden FOM/1644/2012, de 23 de julio, sobre delegación de competencias en el Ministerio de Fomento, recoge de manera sistemática, homogénea y unificada todas las delegaciones de competencias de todos los órganos superiores y directivos del Ministerio de Fomento, incluyéndose en un solo texto tanto las delegaciones de competencias que efectúa la titular del Departamento como la aprobación de las delegaciones que realizan los demás órganos del Ministerio.

El Real Decreto 1072/2014, de 19 de diciembre, por el que se crea la Agencia Estatal de Seguridad Ferroviaria y se aprueba su Estatuto, establece en su disposición adicional segunda que a la fecha de la constitución efectiva de la Agencia, queda suprimida la Dirección General de Ferrocarriles y los siguientes órganos dependientes de ella: la Subdirección General de Planificación y Proyectos, la Subdirección General de Construcción y la Subdirección General de Coordinación Ferroviaria. La desaparición de estos órganos supone dejar sin contenido las delegaciones de competencias de las que éstos eran objeto.

Asimismo, la disposición final primera del Real Decreto 1072/2014, de 19 de diciembre, modifica el Real Decreto 452/2012, de 5 de marzo, por el que se desarrolla la estructura orgánica del Ministerio de Fomento y se modifica el Real Decreto 1887/2011, de 30 de diciembre, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales, establece la dependencia de la Secretaría General de Infraestructuras de la Subdirección General de Planificación Ferroviaria y la División de Estudios y Coordinación de Inversiones en Infraestructuras.

Por su parte, la disposición transitoria tercera del Real Decreto 1072/2014, de 19 de diciembre, establece que durante todo el ejercicio 2015 no se alterará la estructura presupuestaria vigente, desarrollando la Agencia Estatal de Seguridad Ferroviaria su actuación de acuerdo con el régimen presupuestario y de rendición de cuentas aplicable a la Dirección General de Ferrocarriles. Todos los gastos necesarios para el funcionamiento de la Agencia Estatal de Seguridad ferroviaria se imputarán en la forma y con cargo a los créditos previstos para la Dirección General de ferrocarriles.

Todo ello hace necesario actualizar las delegaciones de competencias en el ámbito de las Unidades dependientes de la Secretaría de Estado de Infraestructuras, Transporte y Vivienda.

En su virtud, de conformidad con lo establecido en el artículo 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en la disposición adicional decimotercera de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, dispongo:

Artículo único Modificación de la Orden FOM/1644/2012, de 23 de julio, sobre delegación de competencias en el Ministerio de Fomento.

La Orden FOM/1644/2012, de 23 de julio, sobre delegación de competencias en el Ministerio de Fomento, queda modificada de la siguiente manera:

Uno. Las letras A), B) y G) del apartado segundo.2 quedan redactadas como sigue:

A) En los titulares de Dirección General de Carreteras y de la Subdirección General de Planificación Ferroviaria, para los contratos de sus respectivos ámbitos de competencias cuyo valor estimado sea superior a 1.000.000 de euros, excepto las siguientes competencias relativas al procedimiento de contratación, que no se delegan y quedan reservadas al Secretario de Estado:

a) La orden de iniciación del expediente de contratación;

b) la aprobación del expediente de contratación y del gasto correspondiente y la apertura del procedimiento de adjudicación;

c) la adjudicación de los contratos;

d) la...

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