Orden ETU/929/2017, de 28 de septiembre, por la que se ejecutan diversos pronunciamientos judiciales de la Sala Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, por los que se estiman parcialmente los recursos interpuestos contra el Real Decreto 968/2014, de 21 de noviembre, por el que se desarrolla la metodología para la fijación de los porcentajes de reparto de las cantidades a financiar relativas al bono social.

MarginalBOE-A-2017-11274
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Energía, Turismo y Agenda Digital
Rango de LeyOrden

Mediante sentencias de 24 y 25 de octubre y de 2 de noviembre de 2016, la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo resolvió estimar parcialmente los recursos contencioso-administrativos números 960/2014, 961/2014, 16/2015 y 11/2015, interpuestos por las entidades Eon España, S.L.U., Endesa, S.A., Iberdrola S.A. y Gas Natural SDG, S.A., respectivamente, contra el Real Decreto 968/2014, de 21 de noviembre, por el que se desarrolla la metodología para la fijación de los porcentajes de reparto de las cantidades a financiar relativas al bono social.

Las citadas sentencias declararon inaplicable el régimen de financiación del bono social establecido en el artículo 45.4 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, por resultar incompatible con la Directiva 2009/72/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de julio de 2009, sobre normas comunes para el mercado interior de la electricidad y por la que se deroga la Directiva 2003/54/CE. Asimismo, las referidas sentencias resolvieron declarar inaplicables y nulos los artículos 2 y 3 del Real Decreto 968/2014, de 21 de noviembre, que desarrollan lo dispuesto en el citado artículo 45.4 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, y declarar el derecho de las empresas a ser indemnizadas por las cantidades abonadas en concepto de bono social, más los intereses legales correspondientes.

Mediante escritos presentados con fechas 30 de enero de 2017, 16 de febrero de 2017, 6 de marzo de 2017 y 23 de junio de 2017, las entidades Gas Natural SDG, S.A., Iberdrola, S.A., Viesgo Infraestructuras Energéticas, S.L. (antes Eon España, S.L.U.) y Endesa, S.A. promovieron incidentes de ejecución de las sentencias recaídas en los recursos 11/2015, 16/2015, 960/2014 y 961/2014, respectivamente.

Mediante Autos de fechas 15 de septiembre de 2017, 18 de septiembre de 2017, y 21 de septiembre de 2017, la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha acordado estimar en parte los incidentes de ejecución así formulados, ordenando el reintegro, con cargo al sistema eléctrico, de todas las cantidades abonadas en concepto de bono social en los ejercicios 2015 y 2016, más los intereses legales correspondientes computados desde la fecha en que se hizo el pago hasta la fecha de su reintegro. En dichos autos, por lo demás, se afirma que los pronunciamientos contenidos en las referidas sentencias...

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