Orden ESS/929/2016, de 2 de junio, por la que se convoca concurso de traslados para la provisión de puestos de trabajo de personal laboral en la categoría de Médico de Sanidad Marítima en el Instituto Social de la Marina.

MarginalBOE-A-2016-5752
SecciónII - Autoridades y Personal
Rango de LeyOrden

Vacantes puestos de trabajo de personal laboral fijo en la categoría de Médico de Sanidad Marítima, dotados presupuestariamente y de necesaria cobertura, procede convocar concurso de traslados para la provisión de los mismos.

A este respecto, la Administración Pública, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española, la Directiva Comunitaria 2006/54/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 5 de julio de 2006, relativa a la aplicación del principio de igualdad de oportunidades e igualdad de trato entre hombres y mujeres en asuntos de empleo y ocupación, la Resolución de 26 de noviembre de 2015, de la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 20 de noviembre de 2015, por el que se aprueba el II Plan para la Igualdad entre hombres y mujeres en la Administración General del Estado y sus Organismos Públicos, y la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, lleva a cabo una política de igualdad de trato entre hombres y mujeres por lo que se refiere al acceso al empleo, a la formación profesional, y a las condiciones de trabajo por lo que la provisión de vacantes se efectuará en el marco de los citados principios.

Por todo ello, este Ministerio de Empleo y Seguridad Social, en uso de las competencias que tiene atribuidas, resuelve convocar concurso de traslados para cubrir los puestos vacantes de personal laboral fijo que figuran en los anexos I y II de la presente Orden conforme a las siguientes bases:

  1. Base primera: Requisitos de participación

    1.1 Podrá participar el personal laboral fijo con categoría de Médico de Sanidad Marítima que se encuentre en situación de servicio activo en el Instituto Social de la Marina.

    1.2 Podrá participar el personal laboral fijo con categoría de Médico de Sanidad Marítima que se encuentre en situación de excedencia voluntaria por interés particular, siempre que hayan transcurrido al menos cuatro meses desde que se concedió la excedencia o dos años en el caso de que haya sido declarada de oficio.

    1.3 Podrá participar el personal laboral fijo con categoría de Médico de Sanidad Marítima que se encuentre en situación de excedencia voluntaria por agrupación familiar, siempre que hayan transcurrido dos años desde que se concedió la excedencia.

    1.4 Podrá participar el personal laboral fijo con categoría de Médico de Sanidad Marítima que se encuentre en situación de excedencia voluntaria por aplicación de la normativa de incompatibilidades.

    1.5 Podrá participar, asimismo, el personal laboral fijo con categoría de Médico de Sanidad Marítima que se encuentre en situación de excedencia por cuidado de hijo, por cuidado de familiar, y en situación de excedencia forzosa por desempeño de cargo público.

    1.6 No podrá concursar el personal laboral fijo suspenso en firme mientras dure la suspensión.

  2. Base segunda: Presentación de solicitudes

    2.1 Las solicitudes para tomar parte en este concurso, ajustadas al modelo publicado como anexo III a esta Orden, se dirigirán a la Dirección del Instituto Social de la Marina y se presentarán preferentemente en la citada Dirección o en la Dirección Provincial donde el concursante se encuentre prestando servicios, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

    Las solicitudes recibidas por las Unidades de Personal de las Direcciones Provinciales serán remitidas a la Dirección del Instituto Social de la Marina.

    El personal laboral fijo que participe desde una situación diferente a la de servicio activo dirigirá su solicitud a la mencionada Dirección y la presentará en las Unidades de Personal del Organismo, o bien en las oficinas a que se refiere el artículo 38.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

    El plazo para presentar la solicitud de participación en el concurso será de 15 días hábiles contados a partir de la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.

    No serán admitidas aquellas solicitudes que no lleven el sello de entrada de las diferentes Unidades registrales dentro del plazo establecido para la presentación de instancias.

    2.2 Podrán solicitarse, por orden de preferencia, cada uno de los puestos vacantes incluidos en el anexo I de esta Orden. Además de los puestos vacantes también podrán solicitarse en concepto de resultas aquellos que, correspondiendo a puestos de Médicos de Sanidad Marítima incluidos en el anexo II, se encuentran ocupados de forma definitiva y que puedan quedar vacantes por las siguientes circunstancias:

    1. Adjudicación a los titulares de los mismos de una de las vacantes objeto de provisión por el presente concurso.

    2. Cese del personal laboral que desempeña dichos puestos siempre que la causa que origine el cese no implique la reserva del puesto de trabajo.

    2.3 Los requisitos, méritos y cualesquiera otros datos deberán estar referidos a la fecha de cierre del plazo de presentación de solicitudes.

    2.4 Los trabajadores con alguna discapacidad debidamente acreditada podrán instar, en la propia solicitud, la adaptación del puesto o puestos de trabajo...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR