Orden SSI/1896/2012, de 12 de julio, por la que se convoca la concesión de ayudas económicas para el desarrollo de proyectos de investigación sobre drogodependencias en el año 2012.

MarginalBOE-A-2012-11443
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad
Rango de LeyOrden

Por Orden SCO/2236/2006, de 26 de junio, (Boletín Oficial del Estado de 11 de julio) se establecen las «Bases Reguladoras de las convocatorias para la concesión de ayudas económicas para el desarrollo de proyectos de investigación sobre drogodependencias», y teniendo en cuenta que existe crédito disponible para estos fines en el concepto 781 del programa 231-A «Plan Nacional sobre Drogas» de los Presupuestos Generales del Estado para 2012, con la aportación procedente del Fondo de bienes decomisados por tráfico ilícito de drogas y otros delitos relacionados, creado por la Ley 17/2003, de 29 de mayo, procede la convocatoria de dichas ayudas en el presente ejercicio, a cuyo efecto dispongo:

Artículo primero Objeto.

La presente Orden tiene por objeto la convocatoria en el ejercicio 2012 de ayudas económicas para el desarrollo de proyectos de investigación sobre drogodependencias realizados por entidades públicas o privadas sin fines de lucro, en régimen de concurrencia competitiva, en el marco del Programa Nacional de Biomedicina, de acuerdo con lo establecido en los Planes Nacionales de I+D+I 2008-2011 prorrogado mediante acuerdo del Consejo de Ministros de 7 de octubre de 2011 y en la Estrategia Nacional sobre Drogas 2009-2016 y su Plan de Acción 2009-2012 (disponible en la página web de la Delegación del Gobierno para el Plan Nacional sobre Drogas, http://www.pnsd.msssi.es). De acuerdo con los principios rectores de la Estrategia, esta convocatoria considera prioritario el principio de equidad social en las políticas de investigación sobre drogas, incluyendo en el mismo el enfoque de género.

En todos los puntos no especificados en esta convocatoria se estará a lo establecido en las »Bases Reguladoras» de estas subvenciones, en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y en su Reglamento aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio.

Artículo segundo Solicitantes y Beneficiarios.

Podrán participar como solicitantes y beneficiarios de las ayudas previstas en la presente Orden los centros españoles de I+D tanto públicos como privados sin ánimo de lucro. A estos efectos se entiende por:

  1. Centro público de I+D:

    Instituciones sanitarias públicas.

    Universidades públicas.

    Organismos públicos de investigación reconocidos como tales por la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación, y cualquier otro centro de I+D dependiente de las Administraciones Públicas.

  2. Centro privado de I+D sin ánimo de lucro:

    Instituciones sanitarias privadas, acreditadas como tales de acuerdo con la Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad.

    Universidades privadas acreditadas como tales, de acuerdo con lo previsto en la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades.

    Otras entidades privadas dedicadas exclusivamente a la investigación, con capacidad y actividad demostrada en investigación científica, que tengan personalidad jurídica propia y que carezcan de ánimo de lucro.

    Los solicitantes no podrán encontrarse incursos en ninguna de las circunstancias que prohíben la obtención de la condición de beneficiario, recogidas en el artículo 13 de la Ley General de Subvenciones, y deberán cumplir las obligaciones recogidas en el artículo 14 de la misma.

    Los solicitantes deberán haber presentado, en su caso, antes de finalizar el plazo de solicitud de la convocatoria, las memorias finales, científicas y económicas completas de los proyectos de investigación financiados con anterioridad por la Delegación del Gobierno del Plan Nacional sobre Drogas y en los que figure el mismo investigador principal, que deberán haber sido aprobadas por esta Delegación en el mismo plazo.

Artículo tercero Documentación exigida.
  1. De carácter general:

    1. Solicitud conforme al modelo que se incorpora como Anexo I de la presente convocatoria.

    2. Proyecto de investigación para el que solicita ayuda, incluyendo un plan de difusión y de divulgación de resultados, según Anexo II de esta convocatoria. Los proyectos que hayan sido presentados en anteriores convocatorias de la Delegación del Gobierno del Plan Nacional Sobre Drogas y que no fueron subvencionados, deberán señalar expresamente los elementos de cambio introducidos en los mismos. Asimismo deberá señalarse si el proyecto es de continuidad, es decir, si se trata de un proyecto cuya temática haya sido subvencionada en anteriores convocatorias.

      Este anexo se remitirá obligatoriamente por e-mail a: pndinvestigacion@msssi.es.

    3. Informe de la Comisión de Investigación del Centro solicitante en el que se haga constar la viabilidad del proyecto de investigación en todos sus términos.

    4. Currículum del investigador principal y de cada uno de los investigadores participantes, incluyendo becarios (en modelo normalizado, Anexo III), con las contribuciones que avalan su capacitación para desarrollar el proyecto que presentan en la presente convocatoria.

    5. Memoria, en un máximo de 6 folios, de los proyectos de investigación relacionados con el ámbito de las drogodependencias desarrollados por los miembros del equipo de investigación en los últimos tres años.

    6. Acreditación de la representación legal de quien suscribe la instancia o poder suficiente para obligarse en nombre de la entidad. Además, se acompañará fotocopia compulsada del Documento Nacional de Identidad del representante o cualquier otro documento oficial acreditativo de su identidad.

    7. Las entidades a que se refiere la letra b) del artículo segundo presentarán copias compulsadas de los estatutos de la entidad y del documento que acredite la constitución legal de la misma.

    8. Copia compulsada de la tarjeta de identificación fiscal.

    9. Autorización, no obligatoria, para que la Delegación del Gobierno para el Plan Nacional sobre Drogas pueda recabar información de la Agencia Estatal de Administración Tributaria y de la Tesorería General de Seguridad Social sobre el cumplimiento de sus obligaciones con dichos organismos, para lo que se cumplimentará el Anexo V. En todo caso, la entidad deberá tener disponibles los certificados positivos que expiden estos organismos, para solicitar subvenciones, por si le son requeridos.

    10. Declaración responsable sobre la capacidad de la entidad para obtener subvenciones públicas, como establece el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, según el modelo que se incorpora como anexo VI.

      Los anexos de esta convocatoria pueden obtenerse en la página web www.pnsd.msssi.es.

  2. De carácter específico, según el proyecto de investigación presentado:

    1. En caso de que el proyecto incluya solicitud de financiación de personal becario, se acompañará programa de formación.

    2. En el caso de que se solicite financiación para estancia formativa en Estados Unidos, avalada por el Instituto Nacional sobre Drogas de Abuso (NIDA), se acompañará la siguiente documentación:

    Certificado del representante legal de la entidad solicitante donde conste la vinculación laboral del beneficiario de la estancia con dicha entidad y el compromiso del cumplimiento de los requisitos exigidos en el artículo noveno punto 7 de esta Orden.

    Certificado del Investigador principal, con el visto bueno del representante legal de la entidad solicitante, en el que se detalle el programa de realización de la estancia formativa:

  3. Breve descripción de objetivos y actividades para su consecución.

  4. Periodo de realización de la estancia (mínimo 1 mes y máximo 3 meses).

  5. Grado de adecuación/relación con el proyecto de investigación para el que se solicita financiación y aplicabilidad y valoración del impacto en el proyecto de investigación.

    Carta de un investigador reconocido en el campo de las drogodependencias, que en el momento de la publicación de la presente convocatoria esté participando en un proyecto financiado por el Instituto Nacional sobre Drogas de Abuso de Estados Unidos (NIDA), en la que, con el visto bueno del Director del Programa Internacional de dicho Instituto, se ponga de manifiesto la aceptación de la realización de la acción formativa en favor del beneficiario de la estancia.

    1. En el caso que se solicite financiación para contar con la presencia en España de un investigador, que en el momento de la publicación de la presente convocatoria esté participando en un proyecto vinculado al Instituto Nacional sobre Drogas de Abuso de Estados Unidos (NIDA), se acompañara certificación del investigador principal, con el visto bueno del representante legal de la entidad solicitante, en el que se detalle el programa de realización de la estancia con:

  6. Breve descripción de objetivos y actividades a conseguir.

  7. Periodo de realización de la estancia (mínimo 1 mes y máximo 3 meses).

  8. Grado de adecuación/relación con el proyecto de investigación para el que se solicita financiación y aplicabilidad y valoración del impacto en dicho proyecto.

    Asimismo, se acompañará carta de aceptación del investigador beneficiario de la estancia vinculada a dicho proyecto, aceptando su participación y en la que conste el visto bueno del Director del Programa Internacional del NIDA.

    1. En el caso que corresponda, Informe del Comité Ético de Investigación Clínica y de la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad.

    2. En el caso de proyectos coordinados el investigador principal que actúe como coordinador del proyecto deberá adjuntar al resto de documentación, escrito informando de esta circunstancia y de los subproyectos que coordina, así como copia de las solicitudes (Anexos I) correspondientes...

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