Orden ECE/3/2020, de 7 de enero, por la que se designa a Telefónica de España, SAU, como operador encargado de la prestación del elemento de servicio universal relativo al suministro de una oferta suficiente de teléfonos públicos de pago.

MarginalBOE-A-2020-401
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Economía y Empresa
Rango de LeyOrden

De acuerdo con lo establecido en el artículo 25.1 de la Ley 9/2014, de 9 de mayo, General de Telecomunicaciones, se entiende por servicio universal el conjunto definido de servicios cuya prestación se garantiza para todos los usuarios finales con independencia de su localización geográfica, con una calidad determinada y a un precio asequible. Dentro de ese conjunto de servicios se encuentran el de suministro de una oferta suficiente de teléfonos públicos de pago.

El artículo 26 de la citada ley establece que cuando la prestación de cualquiera de los elementos integrantes del servicio universal no quede garantizada por el libre mercado, el Ministerio de Industria, Energía y Turismo (actualmente, Ministerio de Economía y Empresa) designará uno o más operadores para que garanticen la prestación eficiente de dichos elementos del servicio universal, de manera que quede cubierta la totalidad del territorio nacional. El sistema de designación se establecerá mediante real decreto, con sujeción a los principios de eficacia, objetividad, transparencia y no discriminación, sin excluir a priori la designación de ninguna empresa.

En los artículos 36 a 38 del Reglamento sobre las condiciones para la prestación de los servicios de comunicaciones electrónicas, el servicio universal y la protección de los usuarios, aprobado por Real Decreto 424/2005, de 15 de abril (en lo sucesivo, «RSU»), se establece el procedimiento de designación de operadores obligados a la prestación del servicio universal de telecomunicaciones.

La designación de operador encargado de la prestación de cualquiera de los elementos integrantes del servicio universal que no quede garantizada por el libre mercado, se realizará mediante licitación a través de orden ministerial en la que se efectuará la convocatoria del correspondiente concurso y la publicación de las bases.

Solo en el supuesto de que el concurso sea declarado desierto, la designación del operador encargado de prestar el servicio universal se realizará mediante el procedimiento de designación directa al que se refiere el artículo 38 del RSU.

Este precepto reglamentario establece en concreto que cuando un concurso de designación de operador en relación con un elemento y zona determinadas haya sido declarado desierto, mediante orden del titular del Ministerio de Economía y Empresa se podrá designar para dicho elemento y zona a cualquier operador que tenga poder significativo en mercados que incluyan ese elemento y zona, o se encuentre designado en esos momentos para su prestación. Cuando en una zona determinada no existieran operadores con dicho poder significativo de mercado, ni con designación en vigor, se podrá designar, previa consulta a las partes implicadas, a cualquiera de los operadores con mayor cuota de participación en dichos mercados.

Mediante la Orden ETU/1974/2016, de 23 de diciembre, se designó a Telefónica Telecomunicaciones Públicas, S.A.U. (actualmente, Telefónica de España, S.A.U.) como operador encargado de la prestación del elemento de servicio universal de telecomunicaciones relativo al suministro de una oferta suficiente de teléfonos públicos de pago, para el período comprendido entre el día 1 de enero de 2017 y el día 31 de diciembre de 2017. Posteriormente, la Orden ETU/1343/2017, de 20 de diciembre, extendió la duración de la designación de Telefónica de España, S.A.U. como operador encargado de la prestación del elemento de servicio universal de telecomunicaciones, relativo al suministro de una oferta suficiente de teléfonos públicos de pago para el período comprendido entre el día 1 de enero de 2018 y el día 31 de diciembre de 2018. Finalmente, la disposición adicional segunda del Real Decreto 1517/2018, de 28 de diciembre, por el que se modifica el Reglamento sobre las condiciones para la prestación de servicios de comunicaciones electrónicas, el servicio universal y la protección de los usuarios, aprobado por el Real Decreto 424/2005, de 15 de abril, extiende hasta el 31 de diciembre de 2019 la designación efectuada por la Orden ETU/1974/2016, de 23 de diciembre, por la que se designa a Telefónica de España, S.A.U., como operador encargado de la prestación del elemento de servicio universal de telecomunicaciones relativo al suministro de una oferta suficiente de teléfonos públicos de pago. En todo caso, tal como se destaca en los informes de la Comisión Nacional de los Mercados y de la Competencia mencionados en la presente orden así como en los datos que periódicamente hace públicos dicha institución, Telefónica de España, S.A.U. es el prestador único del suministro de teléfonos públicos de pago en los términos definidos en el concepto del servicio universal de telecomunicaciones y mantiene una significativa cuota de participación en los mercados telefónicos de acceso fijo disponibles al público.

Próximo a finalizar el último período de designación para la prestación de dicho elemento del servicio universal, el Ministerio de Economía y Empresa solicitó, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 36 del RSU, informe a la Comisión del Nacional de los Mercados y de la Competencia sobre la determinación de las zonas geográficas y...

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