Orden ECD/1962/2015, de 24 de septiembre, por la que se modifica el anexo II de la Orden ECD/344/2012, de 15 de febrero, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de Grado Medio correspondiente al título de Técnico en Peluquería y Cosmética Capilar.

Fecha de Entrada en Vigor30 de Septiembre de 2015
MarginalBOE-A-2015-10393
SecciónI - Disposiciones Generales
Rango de LeyOrden

La Orden ECD/344/2012, de 15 de febrero, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de Grado Medio correspondiente al título de Técnico en Peluquería y Cosmética Capilar establecía el currículo y las condiciones de implantación de dicho ciclo para el ámbito de gestión del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.

En la citada orden, se establecía, en su disposición adicional segunda, sobre implantación de las enseñanzas, que en el curso 2012-2013 se implantaría el primer curso del ciclo formativo y en el curso 2013-2014, el segundo.

Los centros educativos del ámbito de gestión del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte que han implantado dicho ciclo formativo han realizado consideraciones de índole pedagógica para plantear la modificación de la distribución por cursos y de duración de determinados módulos profesionales que integran el ciclo formativo de Peluquería y Estética Capilar, el 0843. Coloración capilar, el 0846. Cambios de forma permanente del cabello y el 0848. Peluquería y estilismo masculino. Este Ministerio ha decidido tener en cuenta dichas consideraciones para optimizar el proceso de enseñanza y aprendizaje, así como para la mejora continua de los procesos formativos.

En el proceso de elaboración de esta orden ha emitido informe el Consejo Escolar del Estado.

Por todo lo anterior, en su virtud, dispongo:

Artículo único Modificación del anexo II de la Orden ECD/344/2012, de 15 de febrero, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de Grado Medio correspondiente al título de Técnico en Peluquería y Cosmética Capilar.

Se modifica el anexo II de la Orden ECD/344/2012, de 15 de febrero, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de Grado Medio correspondiente al título de Técnico en Peluquería y Cosmética Capilar, que queda redactado como sigue:

ANEXO II. Secuenciación y distribución horaria semanal de los módulos profesionales

Ciclo Formativo de Grado Medio: Peluquería y Cosmética Capilar

Módulo profesional Duración (horas) Primer curso (h/semana) Segundo curso
2 trimestres (h/semana) 1 trimestre (horas)
0842. Peinados y recogidos 235 7
0844. Cosmética para peluquería 155 5
0846. Cambios de forma permanente
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