Orden ECD/128/2016, de 8 de febrero, por la que se convocan las pruebas de conjunto y se ordena el procedimiento para la homologación de los diplomas federativos de entrenador nacional y regional en la modalidad de futbol, para la Ciudad de Melilla.

MarginalBOE-A-2016-1284
SecciónIII - Otras Disposiciones
Rango de LeyOrden

El Real Decreto 1363/2007, de 24 de octubre, por el que se establece la ordenación general de las enseñanzas deportivas de régimen especial, recoge la posibilidad del reconocimiento de formaciones que se hayan realizado con carácter meramente federativo entre el 15 de julio de 1999 y el 9 de noviembre de 2007, siendo el Ministerio el que establecerá el procedimiento que corresponda aplicar en cada caso. De acuerdo con ello, mediante Orden EDU/216/2011, de 8 de febrero («BOE» del 11), se establece el procedimiento de reconocimiento de las formaciones de entrenadores deportivos en las modalidades de fútbol y fútbol sala, a fin de posibilitar que aquellos entrenadores que se formaron con carácter meramente federativo en esas dos modalidades puedan obtener los efectos académicos previstos para las enseñanzas oficiales e incorporarse a dichas enseñanzas para completar su formación.

El artículo 5 de la citada orden prevé un procedimiento en dos fases. La primera fase, de reconocimiento de formaciones deportivas que cumplan con los requisitos establecidos en el artículo 6 de dicha Orden y que finalizó con la Resolución de 7 de abril de 2011, de la Presidencia del Consejo Superior de Deportes, por la que se otorga el reconocimiento a determinadas formaciones deportivas federativas impartidas por la Real Federación Española de Fútbol y las Federaciones territoriales entre 1999 y 2007 («BOE» del 25).

La segunda fase del procedimiento, siempre y cuando se cumplan las condiciones del artículo 1.3 de la Orden, compete al Ministerio de Educación, Cultura y Deporte para las Ciudades de Ceuta y Melilla y consiste en la obtención individual de los efectos del reconocimiento que se determinan en el artículo 4 de la Orden.

Habiéndose realizado formaciones federativas en la Ciudad de Melilla en el periodo indicado anteriormente y estando implantadas las enseñanzas de régimen especial conducentes a la obtención de los títulos de Técnico Deportivo y Técnico Deportivo Superior de la modalidad de fútbol, procede dar efectividad al procedimiento de reconocimiento de las citadas formaciones federativas, pudiendo obtener, de este modo, su homologación con los referidos títulos de Técnico Deportivo y Técnico Deportivo Superior y obtener los efectos académicos previstos para las enseñanzas oficiales e incorporarse a dichas enseñanzas para completar su formación.

Entre los requisitos establecidos en el artículo 8 de la citada orden para la obtención de la homologación, se indica la superación de una prueba de conjunto que es descrita en sus características y contenido en el artículo 9.

Procede, por ello, convocar para el ámbito de actuación territorial de la Ciudad de Melilla la realización de las pruebas de conjunto que tienen por objeto demostrar los conocimientos y habilidades suficientes adquiridas en las formaciones reconocidas, así como fijar los aspectos necesarios en relación con la convocatoria y el desarrollo de dichas pruebas y ordenar el procedimiento para la homologación.

Por ello en virtud de lo anterior, esta Dirección General resuelve:

Primero. Objeto y ámbito de aplicación.

  1. La presente orden tiene por objeto establecer y convocar las pruebas de conjunto y ordenar el procedimiento para la homologación de los diplomas federativos de entrenador nacional y regional en la modalidad de futbol, en el ámbito territorial de la Ciudad de Melilla, conforme a lo dispuesto en el artículo 8, puntos 1.c) y 2.c) de la Orden EDU/216/2011, de 8 de febrero, para la homologación de determinados diplomas federativos de Entrenador Regional y de Entrenador Nacional de Fútbol con los títulos de Técnico Deportivo y Técnico Deportivo Superior en Fútbol.

  2. El desarrollo de estas pruebas se realizará de acuerdo con lo dispuesto en esta orden.

    Segundo. Requisitos para la participación en el procedimiento.

    1. Para participar en este procedimiento de homologación del diploma federativo de Entrenador Regional de fútbol con el título de Técnico Deportivo en Fútbol y el diploma federativo de Entrenador Nacional de fútbol con el título de Técnico Deportivo Superior en Fútbol, es requisito imprescindible haber realizado la formación en la Ciudad de Melilla y que esta formación estuviese promovida entre el 15 de julio de 1999 y el 9 de noviembre de 2007.

  3. El aspirante deberá acreditar el cumplimiento de los requisitos de tipo específico y académico, que a continuación se recogen:

    Requisito específico:

    Acreditar la condición de Entrenador Regional o Entrenador Nacional de Fútbol mediante certificado expedido por la Real Federación Española de Fútbol o autonómica según el modelo contenido en el Anexo II de la Orden EDU/216/2011, de 8 de febrero.

    Requisito académico:

    1. El Entrenador Regional de fútbol deberá acreditar el título de Graduado en Educación...

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