Orden HAP/3559/2011, de 28 de diciembre, de delegación de competencias.

MarginalBOE-A-2011-20508
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Hacienda y Administraciones Públicas
Rango de LeyOrden

Los cambios organizativos efectuados por el Real Decreto 1823/2011, de 21 de diciembre, por el que se reestructuran los departamentos ministeriales y por el Real Decreto 1829/2011, de 23 de diciembre, por el que se crean Subsecretarías en los departamentos ministeriales, afectan al ejercicio de las competencias delegadas en órganos de los suprimidos Ministerios de Economía y Hacienda y de Política Territorial y Administración Pública.

Hasta tanto se apruebe una nueva delegación de competencias, una vez que se haya desarrollado la estructura orgánica básica del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, es conveniente mantener la asignación de las competencias delegadas, de manera que permita la gestión ordinaria del Departamento, teniendo en cuenta la subsistencia de órganos a que se refiere la Disposición transitoria única del Real Decreto 1823/2011, de 21 de diciembre.

Por ello, de acuerdo con lo previsto en el artículo 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y la Disposición adicional decimotercera de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, dispongo:

Artículo único Ratificación de competencias.
  1. Se ratifican las delegaciones de competencias que estuvieran vigentes en el momento de la entrada en vigor del Real Decreto, 1823/2011, de 21 de diciembre, de la Ministra de Economía y Hacienda y del Ministro de Política Territorial y Administración Pública en órganos de estos Ministerios, que se entenderán efectuadas a los órganos superiores del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas relacionados en el apartado 3 del artículo 5 de dicho Real Decreto, a la Subsecretaria de Hacienda y Administraciones Públicas y a los órganos directivos declarados subsistentes por la Disposición transitoria única del mismo, cuando se trate de competencias que se encuadren en el ámbito de actuación de este Ministerio al que se refieren los apartados 1 y 2 del artículo 5 del referido Real Decreto 1823/2011.

  2. Se aprueba la ratificación por el Secretario de Estado de Administraciones Públicas de las delegaciones de competencias realizadas por el Secretario de Estado de...

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