Orden DEF/709/2020, de 27 de julio, por la que se desarrolla la organización básica del Ejército del Aire.

MarginalBOE-A-2020-8637
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Defensa
Rango de LeyOrden

La entrada en vigor del Real Decreto 521/2020, de 19 de mayo, por el que se establece la organización básica de las Fuerzas Armadas, ha supuesto la revisión de su estructura para hacer frente de una manera eficaz a las amenazas a la Defensa Nacional. Estas amenazas se materializan, cada vez más, en los espacios globales y comunes, el espacio terrestre, el espacio marítimo, el ciberespacio, el espacio aéreo y el ultraterrestre, estos dos últimos formando un único ámbito aeroespacial. En este ámbito se integrarán las capacidades de vigilancia, control y defensa del espacio aéreo y las de vigilancia, control y seguimiento del espacio ultraterrestre.

En línea con lo establecido por el Real Decreto 521/2020, de 19 de mayo, el Ejército del Aire orienta su organización hacia un modelo centrado en las personas y en el conocimiento que, basado en el talento y la capacidad de innovación de sus miembros, permita aprovechar las posibilidades que ofrecen las nuevas tecnologías. La incorporación de un modelo de gestión basado en procesos, como elemento esencial de la transformación digital, permitirá al Ejército del Aire no sólo la optimización de sus recursos, sino también la mejora de su flexibilidad, agilidad, disponibilidad y capacidad de reacción.

La evolución del entorno, el avance tecnológico, la necesaria transformación digital y en particular lo referido a las operaciones militares en el ciberespacio y en el ámbito aeroespacial, obligan al desarrollo de estructuras ágiles, flexibles y armonizadas con otros organismos del Ministerio de Defensa.

Por ello, tras la experiencia obtenida después de la entrada en vigor de la Orden DEF/1629/2015, de 30 de julio, por la que se desarrolla la organización básica del Ejército del Aire, y como consecuencia del modelo de organización de las Fuerzas Armadas reflejado en la Orden Ministerial 26/2020, de 11 de junio, por la que se establecen los principios básicos comunes de la organización de las Fuerzas Armadas, se hace necesario adecuar la organización básica del Ejército del Aire.

Para que el Jefe de Estado Mayor del Ejército del Aire pueda liderar e impulsar dicha transformación y para contribuir a hacer efectiva la seguridad aeroespacial, se requiere introducir algunos cambios en las dependencias de ciertos órganos de la estructura del Cuartel General, la Fuerza y el Apoyo a la Fuerza, adaptándolo a la nueva realidad que preconiza el Real Decreto 521/2020, de 19 de mayo.

Esta orden ministerial se redacta con un espíritu de permanencia en el tiempo. Por esta razón se articulan, entre otras, las estructuras orgánicas existentes hasta el tercer nivel organizativo y, dentro de éstas, aquellas que estén al mando de un Oficial General.

Finalmente, esta orden ministerial se adecua a los principios de buena regulación a que se refiere el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. En concreto, cumple con los principios de necesidad y eficacia, pues se trata de un instrumento necesario y adecuado para servir al interés general y a la efectiva ejecución del cumplimiento de las funciones que tiene atribuida el Ejército del Aire. Todo ello, sin incremento del gasto. En cuanto al principio de proporcionalidad, contiene la regulación imprescindible para satisfacer la necesidad pretendida, tras constatar que no existen otras alternativas más adecuadas. En cuanto a la seguridad jurídica, esta norma va en consonancia con el resto del marco jurídico existente concerniente a este campo, ya que da cumplimiento a lo dispuesto en una norma de rango superior. De acuerdo con el principio de transparencia, se redacta en un lenguaje sencillo y se facilita el acceso a la ciudadanía mediante la publicación en el «Boletín Oficial del Estado». En cuanto al principio de eficiencia, no se derivan cargas administrativas.

En su virtud, conforme a lo dispuesto en la disposición final segunda del Real Decreto 521/2020, de 19 de mayo, por el que se establece la organización básica de las Fuerzas Armadas, dispongo:

Artículo único  Aprobación de la organización del Ejército del Aire.

Con arreglo a lo establecido en la disposición final segunda del Real Decreto 521/2020, de 19 de mayo, por el que se establece la organización básica de las Fuerzas Armadas, se aprueba la organización básica del Ejército del Aire, que se desarrolla a continuación.

Disposiciones Adicionales
Disposición adicional primera  Control de la navegación aérea.

El control de la navegación aérea, tanto general como operativa, continuará sometido a lo establecido en el artículo 4 de la Ley 21/2003, de 7 de julio, de Seguridad Aérea.

Disposición adicional segunda  No incremento del gasto público.

La aplicación de esta orden ministerial, incluida la modificación de las unidades existentes y la creación de aquéllas que sean necesarias, se hará́ sin aumento de coste de funcionamiento del Ejército del Aire y no supondrá́ incremento del gasto público.

Disposición transitoria única  Unidades existentes.
  1.  Las unidades contempladas en esta orden ministerial ejercerán sus funciones y cometidos conforme se vayan produciendo las adaptaciones orgánicas necesarias y les sean transferidas dichas funciones y cometidos.

  2.  Las unidades no contempladas en esta orden ministerial, pasarán a depender de alguna de las Unidades aquí establecidas, con arreglo a lo que disponga el Jefe de Estado Mayor del Ejército del Aire, y continuarán ejerciendo sus funciones y cometidos hasta que entre en vigor la instrucción que desarrolle esta orden ministerial, se produzcan las adaptaciones orgánicas necesarias y se transfieran dichas funciones y cometidos a las nuevas Unidades.

Disposición derogatoria única  Derogación normativa.
  1.  Queda derogada la Orden DEF/1629/2015, de 30 de julio, por la que se desarrolla la organización básica del Ejército del Aire.

  2.  Asimismo, quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se...

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