Orden DEF/577/2019, de 27 de mayo, que modifica la Orden DEF/166/2015, de 21 de enero, por la que se desarrolla la organización básica de las Fuerzas Armadas, y la Orden DEF/1642/2015, de 30 de julio, por la que se desarrolla la organización básica de la Armada.

Fecha de Entrada en Vigor31 de Mayo de 2019
MarginalBOE-A-2019-8028
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Defensa
Rango de LeyOrden

La Orden DEF/1642/2015, de 30 de julio, por la que se desarrolla la organización básica de la Armada complementa a la Orden DEF/166/2015, de 21 de enero, por la que se desarrolla la organización básica de las Fuerzas Armadas y permite que el Almirante Jefe de Estado Mayor de la Armada (AJEMA) pueda desarrollar su propia organización.

Tras la experiencia obtenida después de la entrada en vigor de la citada Orden DEF/1642/2015, de 30 de julio, se han detectado ciertas disfunciones que deben ser corregidas, como la duplicidad de responsabilidades dentro del marco de las operaciones o la existencia de una estructura orgánica desfasada del actual entorno, particularmente en lo relativo a la transformación digital.

A tal efecto, resulta necesario efectuar modificaciones a la citada Orden DEF/166/2015, de 21 de enero, sin que en ningún caso afecten a la organización básica actual definida para los Cuarteles Generales, la Fuerza y el Apoyo a la Fuerza de los Ejércitos.

Para ello, los cambios se materializan en dos artículos. El artículo 1, dedicado a las modificaciones sobre la Orden DEF/166/2015, de 21 de enero, y el artículo 2, referido a las modificaciones sobre la Orden DEF/1642/2015, de 30 de julio.

Los cambios en la Orden DEF/166/2015, de 21 de enero, afectan a los artículos que pudieran interferir o impedir las modificaciones de la Orden DEF/1642/2015, de 30 de julio, que se pretenden.

Los cambios referidos a la Orden DEF/1642/2015, de 30 de julio, afectan a la parte dispositiva, para actualizar la disposición adicional primera relativa a los órganos colegiados, con ocasión de la publicación de la nueva Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. Asimismo, afectan a nueve artículos de la organización de la Armada, a la que se añaden dos artículos más al objeto de cumplimentar lo dispuesto en el artículo 3, sobre creación, modificación y supresión de unidades, de la Orden DEF/166/2015, de 21 de enero.

También debe destacarse el impacto que tendrá la rápida evolución del entorno, en particular en lo referido a la Transformación Digital en el ámbito de las Fuerzas Armadas, en la forma de trabajar y, por tanto, en la organización de la Armada. Para que el AJEMA pueda liderar e impulsar dicha transformación es imprescindible que se implanten, fundamentalmente dentro del Cuartel General de la Armada, una serie de medidas orgánicas. En concreto, se pretende que un órgano clave en dicha transformación digital como es la Jefatura de Sistemas de Información y Telecomunicaciones quede bajo dependencia directa del Almirante Segundo Jefe del Estado Mayor de la Armada.

En su virtud, dispongo:

Artículo primero. Modificación de la Orden DEF/166/2015, de 21 de enero, por la que se desarrolla la organización básica de las Fuerzas Armadas.

La Orden DEF/166/2015, de 21 de enero, por la que se desarrolla la organización básica de las Fuerzas Armadas, queda modificada como sigue:

Uno. El apartado 1 del artículo 18 queda modificado como sigue:

1. El Estado Mayor podrá articularse en:

a) La Jefatura.

b) La Secretaría General del Estado Mayor.

c) La División de Planes.

d) La División de Operaciones.

e) La División de Logística.

Dos. El artículo 19 queda redactado como sigue:

Artículo 19. Los órganos de asistencia y servicios generales del Cuartel General.

1. Los órganos de apoyo, asistencia y servicios generales del Cuartel General podrán ser los siguientes:

a) Los órganos de apoyo a la acción orgánica.

b) Los órganos de asistencia técnica.

c) Los órganos de historia y cultura militar.

d) Los órganos de servicios generales.

2. Los órganos de apoyo a la acción orgánica serán responsables de todas aquellas actividades relacionadas con la comunicación estratégica y la Seguridad Interna de la organización. También podrán ser responsables de los Sistemas de Información y Telecomunicaciones.

3. Los órganos de asistencia técnica serán responsables de todas aquellas actividades relacionadas con la cartografía, publicaciones, sociología, estadística, investigación operativa e información de su respectivo ejército, pudiéndose realizar estas tres últimas actividades desde el Estado Mayor. También podrán ser responsables de los Sistemas de Información y Telecomunicaciones, que mantendrán una dependencia funcional del EMAD y de la Secretaría de Estado de la Defensa, en el ámbito de sus respectivas competencias, con independencia de los órganos en los que se encuentren integrados.

Estos órganos serán la Jefatura de los Sistemas de Información, Telecomunicaciones y Asistencia Técnica, en el Ejército de Tierra; la Jefatura de Servicios Generales y Asistencia Técnica, en la Armada; y la Jefatura de Servicios Técnicos y de Sistemas de Información y Telecomunicaciones, en el Ejército del Aire. Dependerán funcionalmente de los órganos directivos del departamento competentes por razón de la materia.

4. Los órganos de historia y cultura militar serán responsables de la protección, conservación, catalogación, investigación y divulgación del patrimonio histórico, cultural, documental y bibliográfico de su respectivo ejército.

En el Ejército de Tierra asumirá estos cometidos el Instituto de Historia y Cultura Militar; en la Armada, el Instituto de Historia y Cultura Naval; y en el Ejército del Aire, el Servicio Histórico y Cultural del Ejército del Aire.

Sin perjuicio de su dependencia orgánica, estos órganos de historia y cultura militar mantendrán las relaciones de dependencia que procedan, por razón de la materia, con la Subsecretaría de Defensa, como órgano directivo impulsor de la difusión del patrimonio cultural de la Defensa, que dirige y coordina el Sistema Archivístico de la Defensa, la Red de Bibliotecas de Defensa y la Red de Museos de Defensa, así como con la Secretaría General Técnica que planifica, dirige, supervisa y coordina técnicamente, a través de la Subdirección General de Publicaciones y Patrimonio Cultural, todas las bibliotecas, archivos y museos del Departamento e impulsa la difusión de su patrimonio cultural.

5. Los órganos de servicios generales serán responsables de proporcionar seguridad y apoyo al Cuartel General y a las unidades que determine su Jefe de Estado Mayor, así como de facilitar su vida y funcionamiento, y atender al mantenimiento de las instalaciones.

En el Ejército de Tierra el órgano...

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