Orden DEF/376/2018, de 11 de abril, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de los Premios Ejército del Aire.

MarginalBOE-A-2018-4975
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Defensa
Rango de LeyOrden

Los Premios Ejército del Aire constituyen uno de los referentes a nivel cultural y social del Ejército del Aire más ambiciosos en la actualidad, al tiempo que uno de sus principales elementos en la estrategia de comunicación hacia los componentes de la institución y, sobre todo, hacia el exterior.

En 1978, mediante la Orden de 27 de junio de 1978, se convocan por primera vez los Premios Ejército del Aire, dirigidos a promover la divulgación y difusión de trabajos relacionados con la aviación y con las actividades que realiza el Ejército del Aire, diferenciando las modalidades de prensa-radio, televisión, y profesionales del Ejército del Aire.

Un hecho relevante que abrió el palmarés de galardonados tuvo lugar dos años después, en la modalidad de pintura, con la finalidad de recompensar el cuadro que exaltase los valores del Ejército del Aire, logrando a partir de entonces con este galardón ganar en importancia año tras año, tanto en cantidad como en calidad de trabajos artísticos presentados.

El ámbito estrictamente militar y castrense que, en sus inicios, representaba la entrega de galardones dio un drástico giro a partir del cambio de milenio y, de manera muy especial, con la modalidad aula escolar aérea, al conferir a los Premios Ejército del Aire mayor frescura y espontaneidad creativa con propuestas escritas de alumnos de Educación Secundaria Obligatoria. También trajo consigo la apertura a la innovación y a la incorporación de nuevas propuestas. La promoción de la cultura aeronáutica, la amplia repercusión social de los festivales aéreos, las misiones exteriores, la creación literaria y la multimedia, la renovación tecnológica, la investigación aeroespacial, la excelencia en el deporte y otros campos de temática aeronáutica han supuesto nuevas facetas creativas que han aportado mayor relevancia y experiencia con cada convocatoria de los Premios Ejército del Aire.

En virtud del artículo 31 de la Ley Orgánica 5/2005, de 17 de noviembre, de la Defensa Nacional, el Ministerio de Defensa promueve el desarrollo de la cultura de defensa en la sociedad española, contando para ello con la contribución del conjunto de los poderes públicos.

A tal efecto, la presente regulación de los Premios Ejército del Aire responde a la finalidad de estimular aún más la participación activa de personas e instituciones, públicas o privadas, facilitando con ello múltiples plataformas de actuación en cada una de las disciplinas, modalidades y categorías que conforman los Premios Ejército del Aire y estando abiertos a la continua innovación.

Teniendo en cuenta la experiencia acumulada en la organización y el desarrollo de los Premios Ejército del Aire, así como las disposiciones contenidas en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y en el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se dicta esta orden ministerial al amparo del artículo 17 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, que habilita al titular del Departamento ministerial correspondiente para el establecimiento, por orden ministerial, de las bases reguladoras de la concesión de las subvenciones, incluyéndose los premios objeto de esta regulación, al otorgarse con la previa solicitud del beneficiario, en el ámbito de aplicación de la ley, como así resulta del artículo 4.a) de la citada ley interpretado «a sensu contrario».

Esta orden ministerial se adecua a los principios de buena regulación a que se refiere el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, principios de necesidad, eficacia, proporcionalidad, seguridad jurídica, transparencia y eficiencia.

La Asesoría Jurídica General de la Defensa y la Intervención General de la Defensa han emitido su preceptivo informe, de acuerdo con lo previsto en el artículo 17.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.

En su virtud, con la aprobación previa del Ministro de Hacienda y Función Pública, dispongo:

Artículo 1 Objeto y finalidad.
  1.  Esta orden ministerial tiene por objeto establecer las bases reguladoras para la concesión de los Premios Ejército del Aire.

  2.  Los Premios Ejército del Aire tienen como finalidad contribuir al conocimiento mutuo entre el Ejército del Aire y la sociedad española a la que el mismo sirve, fomentando la investigación y la divulgación de la cultura aeronáutica militar española. Asimismo, la creación artística y el conocimiento de los valores de nuestras Fuerzas Armadas son algunos de sus propósitos más destacados.

Artículo 2 Disciplinas, modalidades, categorías y premios.
  1.  Bajo la denominación de Premios Ejército del Aire se incluyen las siguientes disciplinas:

    a) Pintura.

    b) Aula escolar aérea.

    c) Modelismo aeronáutico, con tres modalidades: Aeromodelismo, dioramas y taller de modelismo infantil.

    d) Investigación aeroespacial universitaria.

    e) Imagen aeronáutica, con dos modalidades: Fotografía, con las categorías a la mejor fotografía, la mejor colección y la mejor fotografía de interés humano, y otra modalidad específica al mejor vídeo aeronáutico.

    f) Artículos «Revista de Aeronáutica y Astronáutica».

    g) Creación literaria.

    h) Promoción de la cultura aeronáutica.

    i) Valores en el deporte.

  2.  Cada convocatoria especificará, para el año correspondiente, las disciplinas, modalidades y categorías que se convocan, así como los premios a conceder, pudiendo incluir la totalidad o parte de las disciplinas citadas en el apartado 1 anterior.

Artículo 3 Principios generales y procedimiento de concesión.
  1.  De conformidad con lo previsto en el artículo 8.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, la gestión de los premios a los que se refieren estas bases reguladoras se realizará de acuerdo con los principios de publicidad, transparencia, concurrencia, objetividad, igualdad y no discriminación; eficacia en el...

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