Orden DEF/1302/2020, de 22 de diciembre, por la que se modifica la Orden DEF/466/2018, de 27 de abril, por la que se aprueba el currículo de la enseñanza de formación para el acceso a la escala de tropa del Cuerpo General del Ejército del Aire.

MarginalBOE-A-2021-128
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Defensa
Rango de LeyOrden

Los centros docentes del Ejército del Aire, donde se imparte la formación militar de los alumnos de la escala de tropa, se determinan en la Orden DEF/466/2018, de 27 de abril, por la que se aprueba el currículo de la enseñanza de formación para el acceso a la escala de tropa del Cuerpo General del Ejército del Aire.

En este ámbito, las necesidades actuales requieren una mayor flexibilidad a la hora de determinar qué centros docentes de formación albergarán a los alumnos de dicha escala de tropa, teniendo en cuenta las diferentes especialidades así como las capacidades docentes y logísticas de dichos centros.

Con el fin de garantizar una idónea distribución de dichos alumnos y asegurar unas adecuadas condiciones de vida y funcionamiento dentro de un entorno docente óptimo, se hace necesario incluir otros centros donde se imparta la Enseñanza de Formación General Militar, además de los ya citados en la orden DEF/466/2018, de 27 de abril.

Esta orden ministerial se ajusta a los principios de buena regulación contenidos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en concreto, cumple con los principios de necesidad y eficacia, pues se trata de un instrumento necesario y adecuado para servir al interés general y a la efectiva ejecución de las políticas públicas del Gobierno en las materias responsabilidad del Ministerio. Asimismo, se adecua al principio de proporcionalidad, pues no existe otra alternativa para crear un nuevo marco orgánico de este Departamento ministerial. En cuanto a los principios de seguridad jurídica, transparencia y eficiencia, la norma se adecua a los mismos pues es coherente con el resto del ordenamiento jurídico y del mismo no se derivan nuevas cargas administrativas, permitiendo una gestión eficiente de los recursos públicos.

Durante su tramitación, se ha dado conocimiento de este proyecto a las asociaciones profesionales con representación en el Consejo de Personal de las Fuerzas Armadas, conforme al artículo 40.1.c) de la Ley Orgánica 9/2011, de 27 de julio, de derechos y deberes de los miembros de las Fuerzas Armadas. Finalmente, con arreglo a lo establecido en el artículo...

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