Orden CNU/597/2019, de 30 de mayo, por la que se crea y regula el funcionamiento de la Comisión Ministerial de Administración Digital del Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades.

Fecha de Entrada en Vigor 6 de Junio de 2019
MarginalBOE-A-2019-8318
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Ciencia, Innovación y Universidades
Rango de LeyOrden

En el marco de la nueva estructura organizativa exigida por la Comisión para la Reforma de las Administraciones Públicas, las Comisiones Ministeriales de Administración Digital, previstas en el Real Decreto 806/2014, de 19 de septiembre, sobre organización e instrumentos operativos de las tecnologías de la información y las comunicaciones en la Administración General del Estado y sus organismos públicos, son los órganos colegiados responsables del impulso y de la coordinación interna de cada Departamento en materia de administración digital. Se encargan de la elaboración del proyecto de plan de acción para la transformación digital del Departamento, atendiendo de forma priorizada las propuestas y necesidades de los distintos órganos y organismos públicos afectados y promoviendo la compartición de los servicios.

Con la entrada en vigor del Real Decreto 355/2018, de 6 de junio, por el que se reestructuran los Departamentos ministeriales, el Real Decreto 595/2018, de 23 de junio, por el que se establece la estructura orgánica básica de los Departamentos ministeriales, y el Real Decreto 865/2018, de 13 de julio, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades, se hace necesaria la adecuación de la Comisión Ministerial de Administración Digital del Departamento a la nueva estructura y competencias del mismo.

Por todo ello, de acuerdo con lo previsto en el artículo 22.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y en el artículo 7 del citado Real Decreto 806/2014, de 19 de septiembre, mediante la presente orden se procede a crear la Comisión Ministerial de Administración Digital del Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades, y a regular su composición y funciones.

Esta orden cumple con los principios de necesidad, eficacia, proporcionalidad, seguridad jurídica, transparencia y eficiencia recogidos en el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. En particular, atiende a la necesidad de crear la Comisión Ministerial de Administración Digital del Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades, de acuerdo con la nueva estructura organizativa de la Administración General del Estado, y da cumplimiento al mandato contenido en el Real Decreto 806/2014, de 19 de septiembre. Además, es eficaz y proporcionada en el cumplimiento de este propósito sin afectar en forma alguna a los derechos y deberes de la ciudadanía. También contribuye a dotar de mayor seguridad jurídica a la organización y funcionamiento de la Administración General del Estado, en lo que se refiere al Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades. Dado que se trata de una norma puramente organizativa, su tramitación se encuentra exenta de la consulta pública previa y de los trámites de audiencia e información públicas. Finalmente, es también adecuada al principio de eficiencia, ya que no impone cargas administrativas.

En su virtud, con la aprobación previa de la Ministra de Política Territorial y Función Pública, dispongo:

Artículo 1  Objeto, naturaleza y adscripción.

Esta orden tiene por objeto la creación y regulación de la Comisión Ministerial de Administración Digital del Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades como órgano colegiado responsable del impulso y la coordinación interna del Departamento y sus organismos públicos en materia de administración digital.

La Comisión Ministerial de Administración Digital del Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades está adscrita a la Subsecretaría del Departamento.

La Comisión Ministerial de Administración Digital tiene naturaleza de órgano administrativo colegiado, y se configura como órgano de enlace con la Secretaría General de Administración Digital y con otros órganos o comisiones especializadas en la materia.

Artículo 2  Funciones.
  1.  La Comisión Ministerial de Administración Digital del Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades (en adelante, la CMAD) actúa en Pleno y en...

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