Orden CIN/558/2020, de 12 de junio, por la que se crea y regula la Mesa única de contratación del Ministerio de Ciencia e Innovación.

MarginalBOE-A-2020-6616
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Ciencia e Innovación
Rango de LeyOrden

Los cambios organizativos efectuados por el Real Decreto 2/2020, de 12 de enero, por el que se reestructuran los departamentos ministeriales, creándose el Ministerio de Ciencia e Innovación, y por el Real Decreto 139/2020, de 28 de enero, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales, hacen necesario crear y regular el órgano de asistencia en materia de contratación del Ministerio de Ciencia e Innovación, teniendo asimismo en consideración lo dispuesto en el Real Decreto 404/2020, de 25 de febrero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Ciencia e Innovación.

Esta orden crea y regula la Mesa única de contratación que, con carácter permanente, asistirá a los diversos órganos de contratación del Departamento y a los organismos públicos vinculados o dependientes que se determinan, de acuerdo con lo previsto en el artículo 326 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se trasponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, en los artículos 21 y 22 del Real Decreto 817/2009 de 8 de mayo, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, y en el artículo 22 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Esta orden ha sido sometida al informe previo de la Junta Consultiva de la Contratación Pública del Estado, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 328.3.c) de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, y la disposición adicional primera del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por el Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre.

Esta norma se ajusta a los principios de buena regulación establecidos en el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y, en concreto, a los principios de necesidad, eficacia, proporcionalidad, seguridad jurídica transparencia y eficiencia, ya que atiende y persigue el interés general creando órganos adaptados a los cambios organizativos mencionados para el ejercicio de determinadas competencias en materia de contratación. Además, contiene la regulación imprescindible para atender dicha finalidad, es el instrumento normativo más adecuado para su consecución, es coherente con el resto del ordenamiento jurídico y evita cargas administrativas innecesarias y accesorias.

En su virtud, con la aprobación previa de la Ministra de Política Territorial y Función Pública, dispongo:

Artículo 1   Creación de la Mesa única de contratación.
  1.  Se crea la Mesa única de contratación para los órganos de contratación del Ministerio de Ciencia e Innovación y del Instituto Español de Oceanografía, del Instituto Geológico y Minero de España y del Instituto Nacional de Investigación y Tecnología Agraria y Alimentaria, que queda adscrita a la Subsecretaría del Ministerio de Ciencia e Innovación.

  2.  Queda excluida del ámbito de actuación de dicha Mesa la contratación de otros organismos públicos y de las Agencias Estatales y restantes entidades de derecho público adscritas al Ministerio de Ciencia e Innovación, sin perjuicio de lo dispuesto en la disposición adicional primera de esta orden.

Artículo 2   Composición de la Mesa única de contratación.
  1.  La Mesa única de contratación del Ministerio de Ciencia e Innovación estará...

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