Orden ITC/473/2011, de 23 de febrero, por la que se aprueba el Plan Anual Integrado de ayudas para el año 2011 y se establecen medidas para su tramitación.

MarginalBOE-A-2011-4347
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Industria, Turismo y Comercio
Rango de LeyOrden

El Ministerio de Industria, Turismo y Comercio es el Departamento competente en la propuesta y ejecución de la política del Gobierno en materia de desarrollo industrial, política comercial, energética, de la pequeña y mediana empresa, de turismo, de telecomunicaciones y de la sociedad de la información.

El desarrollo de estas competencias comporta el establecimiento de un amplio conjunto de programas de ayudas públicas que persiguen objetivos que abarcan desde el fomento de la sociedad de la información y de la competitividad empresarial, hasta actuaciones de reindustrialización y de dinamización tecnológica para regenerar o crear el tejido industrial, con una finalidad decidida de apoyo a dichos sectores.

La importancia cuantitativa y cualitativa de estos programas de ayudas públicas, que suponen la parte más importante del Presupuesto de gastos de este Ministerio, se canaliza a través de ayudas, ámbito en el que se ha realizado un importante esfuerzo para incrementar la calidad de la gestión. En este contexto, la presente norma, siguiendo la línea iniciada por la Orden ITC/352/2006, de 14 de febrero, por la que se aprueban medidas para la transparencia, innovación y gestión electrónica de las ayudas del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, persigue los siguientes objetivos estratégicos:

  1. Facilitar el acceso a las ayudas de los potenciales beneficiarios propiciando la máxima transparencia de las mismas y ofreciendo una programación global de las principales ayudas del Departamento.

  2. Mejorar la calidad de la tramitación de las ayudas públicas para asegurar el cumplimiento de los objetivos a los que cada una de ellas se dirige. La tramitación de estas ayudas, dentro de las limitaciones que las normas comunitarias establecen para la garantía de la libre competencia y el reparto competencial con las comunidades autónomas, se debe regir por los principios generales de publicidad, concurrencia, objetividad, igualdad y no discriminación, eficacia en el cumplimiento de los objetivos fijados por el Gobierno y eficiencia en la asignación, gestión y utilización de los recursos públicos.

Para ello, las principales líneas de actuación para el Plan Anual Integrado de Ayudas para el año 2011 serán las siguientes:

En primer lugar, y para facilitar la agilidad en la tramitación de las ayudas, se potencia una amplia utilización de los medios electrónicos en todas las fases de los procedimientos, desde su fase inicial de presentación hasta la relativa a la justificación de las mismas, de acuerdo con la Orden EHA/2261/2007, de 17 de julio, por la que se regula el empleo de medios electrónicos, informáticos y telemáticos en la justificación de las ayudas.

En este marco continuará siendo obligatoria la utilización de medios electrónicos en la presentación de determinadas ayudas, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 27.6 de la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos y en el artículo 32 del Real Decreto 1671/2009, de 6 de noviembre, por el que se desarrolla parcialmente la anterior.

En segundo término, la Orden ITC/1197/2010, de 29 de abril, ha extendido el ámbito del antiguo Registro de Entidades que realizan actividades de investigación y desarrollo a los demás solicitantes de ayudas públicas del Ministerio, derogando la Orden ITC/579/2006, de 22 de febrero, y creando y regulando el Registro de Entidades solicitantes de Ayudas (RESA).

La inscripción en el Registro conlleva reducción de cargas a las entidades inscritas, ya que para presentarse a las convocatorias del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio en el mismo ejercicio y en los ejercicios sucesivos, no tendrán que aportar los datos y documentos que ya consten en el Registro, en los términos previstos en cada convocatoria.

En tercer lugar, el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio velará por el cumplimiento del principio de «mejora de la reglamentación y de reducción de cargas administrativas», de acuerdo con lo establecido en el Acuerdo de Consejo de Ministros de 4 de mayo de 2007, especialmente en el ámbito de la gestión de ayudas, ateniéndose especialmente a los criterios de reducción de cargas señalados en la «Guía metodológica para la elaboración de la memoria del análisis de impacto normativo», aprobada en el Consejo de Ministros de 11 de diciembre de 2009.

Una cuarta directriz se estructura en torno a las medidas que permitan hacer efectiva la igualdad de hombres y mujeres en cumplimiento del artículo 35 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres. Dada la positiva experiencia que ha supuesto en este ámbito la Orden ITC/436/2009, de 25 de febrero, se potenciará la introducción del criterio de igualdad entre mujeres y hombres en las bases reguladoras de las ayudas en cuyos ámbitos exista una situación de desigualdad de oportunidades entre ambos colectivos. Además, en los cuestionarios de información de los proyectos presentados, se continuará promoviendo el desglose de los datos relevantes relacionados con la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres, con la finalidad de valorar adecuadamente el proceso de inserción de la mujer en estos ámbitos y eventualmente establecer las actuaciones a desarrollar.

En quinto lugar, con objeto de dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 9 de la Ley 51/2003, de 2 de diciembre, de igualdad de...

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