Orden APA/974/2020, de 12 de octubre, por la que se modifica, para el año 2021, el plazo de comunicación de cesiones de derechos de ayuda previsto en el artículo 30.1 del Real Decreto 1076/2014, de 19 de diciembre, sobre asignación de derechos de régimen de pago básico de la Política Agrícola Común.

MarginalBOE-A-2020-12548
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Agricultura Pesca y Alimentacion
Rango de LeyOrden

El artículo 30.1 del Real Decreto 1076/2014, de 19 de diciembre, sobre asignación de derechos de régimen de pago básico de la Política Agrícola Común, establece la fecha de inicio del plazo para la comunicación a la Administración de cualquier cesión de derechos de ayuda, que comenzará el 1 de noviembre. A su vez, fija que el plazo para presentar dichas comunicaciones finalizará a fecha fin de plazo de modificación de la solicitud única del siguiente año, aunque cada comunidad autónoma podrá retrasar el inicio de la comunicación de cesiones a una fecha no posterior a la de inicio del plazo de presentación de la solicitud única.

El establecimiento del citado plazo se realizó con la finalidad de separar en el tiempo la presentación de las solicitudes de ayuda de cada campaña y la comunicación de las cesiones de derechos, al objeto de facilitar los trámites administrativos y de ampliar el periodo para comunicar este tipo de cesiones.

Una vez finalizada la campaña 2020, la Política Agrícola Común (PAC) iba a ser sometida a cambios importantes derivados de la aprobación de la nueva reforma de la PAC sobre Planes Estratégicos. Sin embargo, de la situación actual de la negociación de la reforma de la PAC y del marco de financiación plurianual se desprende que con gran probabilidad los nuevos planes estratégicos de la reforma no se aprobarán, como muy pronto, hasta la campaña 2023, que se corresponde con el ejercicio financiero 2024.

A estos efectos, el pasado 31 de octubre de 2019, la Comisión presentó al Consejo y al Parlamento Europeo una propuesta de Reglamento por el que se establecen disposiciones transitorias para el apoyo del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) y el Fondo Europeo Agrícola de Garantía (FEAGA) durante este periodo, cuya publicación está prevista que se realice antes de que finalice el año 2020 y tras la finalización de las negociaciones del marco financiero plurianual.

El objetivo del citado reglamento será garantizar la continuidad de las ayudas establecidas por la PAC para el periodo 2014-2020 y ampliar la aplicabilidad del marco jurídico vigente hasta el año 2021 y, con toda probabilidad, también hasta el 2022.

La...

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