Orden APA/1011/2019, de 30 de septiembre, por la que se extiende el acuerdo de la Asociación Interprofesional Porcino de Capa Blanca, al conjunto del sector y se fija la aportación económica obligatoria, para realizar actividades de promoción del consumo de la carne de porcino en el mercado interior, apoyo a la internacionalización sectorial, promoción y defensa genérica de la imagen del sector y de su ganadería, apoyo a la producción ganadera, la sostenibilidad y la gestión de crisis sectoriales, potenciación de la calidad y de la innovación tecnológica y optimización del conocimiento y la transparencia informativa del sector porcino de capa blanca español, durante las campañas 2019/2020, 2020/2021, 2021/2022, 2022/2023 y 2023/2024.

MarginalBOE-A-2019-14546
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Agricultura Pesca y Alimentacion
Rango de LeyOrden

El artículo 8 de la Ley 38/1994, de 30 de diciembre, reguladora de las organizaciones interprofesionales agroalimentarias, establece que adoptado un acuerdo en el seno de una organización interprofesional agroalimentaria, relativo a actividades relacionadas con las finalidades definidas en el artículo 3 de dicha ley que cuenten con un determinado nivel de respaldo, podrán extenderse al conjunto de productores y operadores del sector o producto.

Por otra parte, el artículo 9 de la Ley 38/1994, de 30 de diciembre, permite que, en el caso de extensión de norma al conjunto de productores y operadores implicados en un sector, se pueda repercutir a los mismos, exclusivamente, el coste directo de las acciones, sin discriminación entre los miembros de la organización interprofesional y los productores y operadores no miembros.

La Asociación Interprofesional Porcino de Capa Blanca, INTERPORC, constituida el 18 de septiembre de 2006, con estatutos depositados en el Registro de Asociaciones del Ministerio del Interior, adquiriendo personalidad jurídica al amparo de la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación, fue reconocida como organización interprofesional agroalimentaria del sector porcino de capa blanca por Orden ARM/2472/2008, de 1 de agosto, conforme establece la Ley 38/1994, de 30 de diciembre.

La Asociación Interprofesional Porcino de Capa Blanca, INTERPORC, ha propuesto la extensión de normas al conjunto del sector, con aportación económica obligatoria, para realizar actividades de promoción del consumo de la carne de porcino en el mercado interior; apoyo a la internacionalización sectorial; promoción y defensa genérica de la imagen del sector y de su ganadería; apoyo a la producción ganadera, la sostenibilidad y la gestión de crisis sectoriales; potenciación de la calidad y la innovación tecnológica y optimización del conocimiento y de la transparencia informativa del sector porcino de capa blanca español, durante las campañas 2019/2020, 2020/2021, 2021/2022, 2022/2023 y 2023/2024.

El acuerdo extendido por la presente orden afecta a las materias relacionadas en las letras b), c), d), f) y g) del artículo 3 de la Ley 38/1994, de 30 de diciembre, y abarca cinco campañas: 2019/2020, 2020/2021, 2021/2022, 2022/2023 y 2023/2024, siendo las acciones a realizar de interés económico general para todo el sector, ya que producirán un efecto económico positivo de incremento de la demanda, beneficiando por igual a los agentes económicos integrados en la organización interprofesional y a los que no pertenecen a ésta.

La Asociación Interprofesional Porcino de Capa Blanca, INTERPORC, aprobó, en Asamblea general extraordinaria de 12 de febrero de 2019, el acuerdo objeto de la presente extensión, cumpliendo las exigencias de representatividad y respaldo establecidas en el artículo 8.2 de la Ley 38/1994, de 30 de diciembre, dado que tanto los porcentajes de representatividad acreditados por la organización interprofesional en el momento de su reconocimiento, como los reflejados en el expediente de solicitud, de acuerdo con los últimos datos que la interprofesional ha suministrado, superan los mínimos exigidos.

Mediante Resolución de la Dirección General de la Industria Alimentaria de 7 de mayo de 2019, se sometió al trámite de información pública la propuesta de extensión de norma y de aportación económica obligatoria, de conformidad con el artículo 26 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno.

La solicitud de extensión de norma ha sido informada favorablemente por el Consejo General de Organizaciones Interprofesionales Agroalimentarias, en su reunión plenaria de 26 de septiembre de 2019, de acuerdo con el artículo 15.3.b) de la Ley 38/1994, de 30 de diciembre.

Por lo expuesto, en uso de las competencias atribuidas en los artículos 8 y 9 de la Ley 38/1994 de 30 de diciembre, y en el artículo 15 de su reglamento, aprobado por Real Decreto 705/1997, de 16 de mayo, dispongo:

Artículo 1  Objeto.

Se aprueba la extensión de norma, al conjunto del sector porcino de capa blanca, del acuerdo de la Asociación Interprofesional Porcino de Capa Blanca, INTERPORC, para realizar actividades de promoción del consumo de la carne de porcino en el mercado interior; apoyo a la internacionalización sectorial; promoción y defensa genérica de la imagen del sector y de su ganadería; apoyo a la producción ganadera, la sostenibilidad y la gestión de crisis sectoriales; potenciación de la calidad y la innovación tecnológica y optimización del conocimiento y la transparencia informativa del sector porcino de capa blanca español, durante las campañas 2019/2020, 2020/2021, 2021/2022, 2022/2023 y 2023/2024, con aportaciones económicas obligatorias de los productores y operadores que operen en España.

Artículo 2  Período de vigencia.

Se aprueba la extensión de norma y la aportación económica obligatoria para un período de cinco años, con vigencia desde el 18 de noviembre de 2019 hasta el 17 de noviembre de 2024.

Artículo 3  Finalidades de la extensión de norma.

Mediante la extensión de norma se desarrollarán las siguientes finalidades:

  1.  Promoción y comunicación en el mercado interior: campañas de promoción/comunicación dirigidas a consumidores; campañas de comunicación dirigidas profesionales de la salud y a generadores de opinión; demostraciones, showcooking, campañas divulgativas e informativas; estudios e investigaciones sobre el mercado interior.

  2.  Promoción internacional: acciones de promoción en mercados de la Unión Europea y en mercados de terceros países; programas de información y promoción de la Unión Europea y...

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