Orden APA/101/2020, de 6 de febrero, por la que se modifica el Anexo del Real Decreto 930/2017, de 27 de octubre, por el que se regula el régimen de ayudas a la apicultura en el marco de los programas nacionales anuales, y se modifica el Real Decreto 209/2002, de 22 de febrero, por el que se establecen normas de ordenación de las explotaciones apícolas.
Marginal | BOE-A-2020-1912 |
Sección | I - Disposiciones Generales |
Emisor | Ministerio de Agricultura Pesca y Alimentacion |
Rango de Ley | Orden |
El 31 de octubre de 2017 se publicó en el «Boletín Oficial del Estado» el Real Decreto 930/2017, de 27 de octubre, por el que se regula el régimen de ayudas a la apicultura en el marco de los programas nacionales anuales, y se modifica el Real Decreto 209/2002, de 22 de febrero, por el que se establecen normas de ordenación de las explotaciones apícolas.
Tras la aprobación, mediante Decisión de Ejecución (UE) 2019/974 de la Comisión, de 12 de junio de 2019, por la que se aprueban los programas nacionales de mejora de la producción y la comercialización de productos apícolas presentados por los Estados miembros en virtud del Reglamento (UE) n.º 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, del nuevo Programa Nacional de ayudas a la mejora de la producción y comercialización de productos apícolas (en España también denominado Plan nacional Apícola para el trienio 2020-2022), resulta preciso realizar unos cambios concretos en el anexo del Real Decreto 930/2017, de 27 de octubre, que recoge la información que deben comunicar las comunidades autónomas sobre la ejecución del programa apícola en su ámbito territorial, relativos a los indicadores de rendimiento de las ayudas. El Plan está disponible en la dirección https://www.mapa.gob.es/es/ganaderia/temas/produccion-y-mercados-ganaderos/sectores-ganaderos/apicola/pna.aspx, de este Ministerio, y en la página web de la Comisión Europea (https://ec.europa.eu/info/food-farming-fisheries/animals-and-animal-products/animal-products/honey/apiculture/programmes en).
Así, la modificación del anexo del Real Decreto 930/2017, de 27 de octubre, resulta necesaria para adecuar su contenido al del anexo 8 del Plan Nacional Apícola para el trienio 2020-2022, relativo a la información que deben comunicar las comunidades autónomas respecto de la ejecución del programa apícola en su ámbito territorial, relacionada con los indicadores de rendimiento de las ayudas, debido a la introducción de novedades en los mismos respecto al anterior periodo 2017-2019. Así, los nuevos indicadores, propuestos por este Ministerio a la Comisión Europea y aprobados por esta, son necesarios para el adecuado cumplimiento de las obligaciones comprometidas con la Comisión Europea que se asumen en el citado Plan.
El Real Decreto 930/2017, de 27 de octubre, faculta, en su disposición final tercera , al Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación, para adaptar el anexo del mismo a las modificaciones que se aprueben por la Comisión...
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